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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Martes, 5 de enero de 2021 Pág. 132

III. Otras disposiciones

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2020, conjunta de la Dirección General de Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social y de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, por la que se declaran actuaciones administrativas automatizadas.

En el marco establecido en el artículo 40 de la Constitución española, en los artículos 29 y 30 del Estatuto de autonomía de Galicia y en los objetivos de crecimiento y empleo de la Unión Europea, conforme a la Estrategia europea de empleo, y de acuerdo con la Agenda 20+ para el empleo, y con el objetivo de que la Comunidad Autónoma de Galicia alcance unos mayores niveles de desarrollo económico, de calidad en el empleo, de bienestar social y de cohesión del territorio, es preciso adoptar políticas que promuevan un modelo de desarrollo económico que favorezca la capacidad creativa y emprendedora de la sociedad gallega, como fuente de riqueza y como elemento esencial para el crecimiento, la competitividad y la modernización del tejido productivo gallego.

En el título V de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo (BOE de 12 de julio), dedicado al fomento y promoción del trabajo autónomo, se establece que los poderes públicos adoptarán políticas de fomento del trabajo autónomo dirigidas al establecimiento y desarrollo de iniciativas económicas y profesionales por cuenta propia. En la aplicación de estas políticas de fomento se tenderá al logro de la efectividad de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y se prestará especial atención a los colectivos de personas desfavorecidas, entre los cuales las personas con discapacidad ocupan un lugar preferente.

La competencia en materia de políticas activas de empleo corresponde a la Consellería de Empleo e Igualdad, según lo dispuesto en el Decreto 110/2020, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

La situación generada por la evolución de la COVID-19 obligó a las autoridades públicas a gestionar la crisis sanitaria estableciendo medidas para proteger la salud y la seguridad, medidas que han traído consigo la mayor crisis económica conocida. Muchas personas trabajadoras autónomas han tenido que acogerse al cese de actividad y en algunos casos se han visto obligadas a cerrar sus negocios a causa de la pandemia.

En este sentido, mediante la Orden de 17 de noviembre de 2020 se establecieron las bases reguladoras del Programa de rescate de las personas trabajadoras autónomas afectadas por la crisis de la COVID-19 financiado con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020 y se procedió a su convocatoria para el año 2020.

De igual manera, mediante la Orden de 26 de noviembre de 2020 se establecieron las bases reguladoras del Programa I microempresas, de mantenimiento del empleo y la actividad económica de las microempresas de Galicia más afectadas por la COVID-19, y del Programa II hostelería, de apoyo al sector de la hostelería, y se procedió a su convocatoria para 2020.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (en adelante solo Ley 40/2015), integra las materias que demandaban una regulación unitaria de las relaciones ad intra de cada Administración y de las relaciones entre ellas, como la firma y las sedes electrónicas, el intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación y la actuación administrativa automatizada.

El artículo 41.1 de la Ley 40/2015 define actuación administrativa automatizada como cualquier acto o actuación realizado íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la cual no interviniera de forma directa un empleado público.

El artículo 41.2 de la dicha ley determina que «en caso de actuación administrativa automatizada se deberá establecer previamente el órgano u órganos competente, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación».

La Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, establece en el artículo 76.4 que las actuaciones administrativas automatizadas deberán declararse mediante una resolución conjunta del órgano competente para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, así como del órgano responsable a efectos de impugnación. En esta resolución se especificará la identificación de tales órganos y los sistemas de firma utilizados, en su caso, para a la actuación administrativa automatizada. Asimismo, el artículo 76.5 indica que se publicará en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y en el Diario Oficial de Galicia el texto íntegro de las resoluciones indicadas en el apartado anterior.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Declarar las siguientes actuaciones administrativas automatizadas a través de sistemas de información en el ámbito de la tramitación de las ayudas reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de rescate de las personas trabajadoras autónomas afectadas por la crisis de la COVID-19 y en la Orden de 26 de noviembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa I microempresas y Programa II hostelería.

La resolución de concesión o denegación de la ayuda de aquellos expedientes en los que se pueda comprobar automáticamente el cumplimiento o el incumplimiento de los requisitos.

La notificación de las resoluciones.

Segundo. Los órganos responsables en relación con las actuaciones administrativas automatizadas relacionadas en el apartado anterior serán:

La Dirección General de Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social, como órgano responsable de la definición de las especificaciones de estas actuaciones administrativas automatizadas.

La Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, como órgano responsable de la programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente.

La Consellería de Empleo e Igualdad, como órgano responsable a los efectos de impugnación.

Tercero. Autorizar a la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia para gestionar la solicitud de creación de un sello electrónico denominado DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO, TRABAJO AUTÓNOMO Y ECONOMÍA SOCIAL ante la autoridad de servicios de certificación que corresponda.

La titularidad, así como la responsabilidad de su uso, corresponderá la Dirección General de Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social.

El sello electrónico estará basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado y sus características técnicas generales serán las que consten en la declaración de prácticas de certificación del emisor del certificado.

Los datos necesarios para acceder al servicio de validación para la verificación del certificado estarán incluidos en el certificado. Los datos que deberán constar en el sello electrónico son los siguientes:

NIF del organismo suscriptor: S1511001H.

Organismo suscriptor: Dirección General de Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social.

Nombre del sello: DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO, TRABAJO AUTÓNOMO Y ECONOMÍA SOCIAL.

Cuarto. Autorizar la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia para renovar el sello electrónico DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO, TRABAJO AUTÓNOMO Y ECONOMÍA SOCIAL siempre y cuando continúen vigentes las actuaciones administrativas automatizadas declaradas en esta resolución.

Quinto. La presente resolución producirá efectos desde el día de su firma y se publicará en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2020

Covadonga Toca Carús
Directora general de Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social

Mar Pereira Álvarez
Directora de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia