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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Martes, 5 de enero de 2021 Pág. 175

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2020, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez (expediente-e IN407A 2020/111-1).

Expediente-e: IN407A 2020/111-1.

Promotora: Distribuidora Eléctrica Niebla, S.L.

Denominación de la instalación: LMTS y CT O Castro en caseta de 160 kVA a 6/20 kV y modificación de las redes de baja tensión NIA023-1 cantera/NIA 023-2, en el lugar de O Castro.

Ayuntamiento: As Pontes de García Rodríguez.

Hechos:

1. El 17 de junio del 2020, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de dicha instalación de distribución eléctrica. Aportan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado LMTS y CT O Castro en caseta 160 kVA-6/20 kV y modificación RBT NIA023-1 cantera/NIA 023-2 O Castro, firmado por Ramón Gómez Morandeira.

– Anexo modificado al proyecto técnico de LMTS y CT O Castro en caseta 160 kVA-6/20 kV junto con la modificación RBT NIA023-1 cantera/NIA 023-2 O Castro, firmado por Ramón Gómez Morandeira.

– Anexo II al proyecto técnico de LMTS y CT O Castro en caseta 160 kVA - 6/20 kV y modificación RBT NIA023-1 cantera/NIA 023-2 O Castro, firmado por Ramón Gómez Morandeira.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, esto es, el Servicio de Patrimonio Natural de la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda y el Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez. Actualmente no consta en el expediente respuesta del organismo afectado a la solicitud del condicionado solicitado, es decir, el Ayuntamiento. La empresa promotora aporta una resolución del Servicio de Patrimonio Natural de autorización para realizar las obras de la instalación de distribución eléctrica en Rede Natura 2000.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial informaron favorablemente dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1) El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el artículo 66.a) del Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, al amparo de la disposición transitoria tercera del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

2) La legislación a aplicar en este expediente es la que se relaciona a continuación:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3) Las características técnicas de la instalación son las que se describen a continuación:

• Modificación de la LMTA existente y derivación Miguelares de 6 kV debido al cambio de la situación del apoyo 80 consistente en la sustitución de 247 m de conductor LA 30 existente por LA 56, entre los apoyos 79 y 81.

• LMTS a 6/20 kV con E/S en CT proyectado (CT O Castro), conductor tipo RHZ1-2OL -12/20 kV (1x150 mm2 Al) con origen y final en la LMT, derivación Miguelares existente desde el nuevo apoyo C-14/2000 con doble paso aerosubterráneo con 64 m de longitud.

• Centro de transformación (CT) en caseta prefabricada 2L1P 160 kVA (6-20/0,4 kV), con celdas SF6 y trafo con aislamiento en aceite mineral.

4) En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo señalado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación de distribución eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje, en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 7 de diciembre de 2020

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

Disposición transitoria tercera del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.