El Decreto 164/2019, de 12 de diciembre, aprobó la oferta de empleo correspondiente a plazas de personal funcionario de los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.
En el artículo 3 del mencionado decreto se cuantificó la oferta de empleo público relativa a la estabilización de empleo temporal en 1.134 plazas. Estas plazas suponían disponer de todas las plazas de estabilización de empleo temporal que autorizó el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, y que se cifraban en 2.160, un 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hubieran estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2016.
La disposición adicional vigésimo tercera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2021, establece que la tasa adicional para la estabilización de empleo temporal en los términos y condiciones que regula el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, incluirá hasta el 100 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hubieran estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2016. Este incremento del 10 por ciento de las plazas supone la posibilidad de que se pueda aprobar una oferta de empleo de 240 plazas más de estabilización de empleo temporal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real decreto ley 31/2020, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria, los procedimientos selectivos de ingreso que se realicen en la ejecución de las ofertas públicas de empleo que, al amparo de lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 19.uno de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, y del apartado 9 del artículo 19.uno de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, sean aprobadas por las distintas administraciones educativas y publicadas en los respectivos diarios oficiales en los ejercicios 2017 a 2021, teniendo cuenta de la ampliación prevista en el artículo 11 del Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, se ajustarán a los criterios establecidos en la disposición transitoria tercera del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a los que se refiere la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, aprobado por el Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, hasta la finalización de los procesos selectivos derivados de las ofertas públicas de empleo a que se refiere este artículo.
Puesto que la normativa aplicable a los procedimientos selectivos derivados de esta oferta de empleo es la misma que la aplicable a los procedimientos selectivos convocados por la Orden de 24 de febrero de 2020, publicada en el Diario Oficial de Galicia de 13 de marzo de 2020, procede que estas 240 plazas sean acumuladas a las convocadas en la referida orden, abriéndose un nuevo plazo de solicitud exclusivamente en aquellas especialidades en las que se produzca un incremento de plazas.
El cuerpo de profesores técnicos de formación profesional tiene una elevada tasa de temporalidad, por lo que resulta procedente que estas 240 plazas sean ofertadas en especialidades de este cuerpo.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Universidad, en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y su Presidencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2.g) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día 14 de enero de dos mil veintiuno,
DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público de los cuerpos docentes
Se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que incluye las plazas de estabilización de empleo temporal pendientes de convocar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, según la redacción dada por la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2021.
Artículo 2. Cuantificación de la oferta de empleo público relativa a la tasa de estabilización de empleo temporal en el cuerpo de profesores técnicos de formación profesional distribuida por especialidades
1. El número total de plazas que integran esta oferta asciende a un total de 240 plazas en el cuerpo de profesores técnicos de formación profesional.
2. La distribución del número de plazas por especialidades se detalla en el anexo de este decreto.
Artículo 3. Acumulación de las plazas con la oferta de empleo aprobada por el Decreto 164/2019, de 12 de diciembre
1. Las plazas correspondientes a esta oferta de empleo se acumularán con las correspondientes a la oferta de empleo aprobada por el Decreto 164/2019, de 12 de diciembre, y convocadas por la Orden de 24 de febrero de 2020 por la que se convocan procedimientos selectivos de acceso al cuerpo de inspectores de educación, al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, al cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas y al cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño, y de ingreso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, al cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas, al cuerpo de profesores de música y artes escénicas, al cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño, al cuerpo de profesores técnicos de formación profesional, al cuerpo de maestros y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario de carrera de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño, profesores técnicos de formación profesional y maestros de la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento ED001A).
2. A las plazas correspondientes a esta oferta de empleo le resultarán de aplicación las bases que procedan de los procedimientos selectivos convocados por la mencionada Orden de 24 de febrero de 2020.
3. La Consellería de Cultura, Educación y Universidad procederá a abrir un nuevo plazo de solicitud en el cuerpo de profesores técnicos de formación profesional únicamente en aquellas especialidades en las que, en virtud de la acumulación, se incremente el número de plazas.
Disposición final primera. Autorización de desarrollo
Se faculta al conselleiro de Cultura, Educación y Universidad para dictar, dentro de sus competencias, las normas precisas para el desarrollo de este decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, catorce de enero de dos mil veintiuno
Alberto Núnez Feijóo
Presidente
Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad
ANEXO
Código/especialidad |
Plazas |
|
201 |
Cocina y Pastelería |
8 |
202 |
Equipos Electrónicos |
14 |
203 |
Estética |
10 |
204 |
Fabricación e Instalación de Carpintería y Mueble |
12 |
205 |
Instalaciones y Mantenimiento de Equipos Térmicos y Fluidos |
6 |
206 |
Instalaciones Electrotécnicas |
16 |
208 |
Laboratorio |
4 |
209 |
Mantenimiento de Vehículos |
30 |
210 |
Máquinas, Servicios y Producción |
1 |
211 |
Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas |
10 |
214 |
Operaciones y Equipos de Elaboración de Productos Alimentarios |
8 |
216 |
Operaciones de Producción Agraria |
8 |
217 |
Patronaje y Confección |
5 |
218 |
Peinado |
16 |
219 |
Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico |
8 |
220 |
Procedimientos Sanitarios y Asistenciales |
12 |
221 |
Procesos Comerciales |
12 |
222 |
Procesos de Gestión Administrativa |
20 |
223 |
Producción de Artes Gráficas |
2 |
225 |
Servicios a la Comunidad |
7 |
226 |
Servicios de Restauración |
7 |
227 |
Sistemas y Aplicación Informáticas |
17 |
228 |
Soldadura |
4 |
229 |
Técnicas y Procedimientos de Imagen y Sonido |
3 |
Total |
240 |