Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Jueves, 28 de enero de 2021 Pág. 5285

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 282/2018).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 282/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Eduardo Ces Figueira contra Global Sales Solutions Line, S.L., Grupo Norte Agrupación Empresarial de Servicios, S.L., Gestión Servicios de Emergencia y Atención al Ciudadano, S.A., Global Sales Solutions Line Atlántico, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia 061, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Acuerdo:

– Alzar la suspensión acordada en el presente procedimiento.

Citar a las partes para que comparezcan el día 18.11.2021, a las 9.55 horas, en la sede de este juzgado, edificio Juzgados, para la celebración del acto de conciliación ante la letrada de la Administración de justicia y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el día 18.11.2021, a las 10.00 horas, en la planta baja, sala de vistas, edificio Juzgados, para la celebración del acto de juicio ante la magistrada.

– Adviértase a las partes que en caso de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación o juicio, el actor no comparecido será tenido por desistido de su demanda, no impidiendo la celebración de los actos de conciliación y juicio la incomparecencia del demandado, continuando el procedimiento, sin necesidad de declarar su rebeldía.

En cuanto a la prueba, estése a lo acordado en la Resolución de 11.2.2020, remitiéndose las citaciones oportunas con los apercibimientos legales realizados en la citación inicial.

– Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a SSª del señalamiento efectuado.

– Dado el aforo de las salas vistas y la necesidad de que cada órgano judicial ordene el acceso al público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del RDL 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de justicia, y en el Acuerdo gubernativo de 20.5.2020, a fin de favorecer y facilitar el cumplimiento de esta medida de prevención y seguridad se recomienda a los profesionales que comuniquen al juzgado con antelación razonable el número de testigos y/o peritos de los que intenten valerse, en caso de que sea su intención proponerlos en el acto de juicio, con indicación de sus datos de identidad para favorecer el control de acceso y salida por parte del servicio de vigilancia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Gestión Servicios de Emergencia y Atención al Ciudadano, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el boletín oficial correspondiente.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia