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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 1 de febrero de 2021 Pág. 6479

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 17 de diciembre de 2020 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para nuevos emprendedores, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para 2021 en régimen de concurrencia competitiva (Galicia emprende) (código de procedimiento IG406F).

Advertidos errores en la referida resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 4, de 8 de enero de 2021, procede hacer las siguientes correcciones:

– En la página 557, en el artículo 5.1.a), donde dice:

«a) Obra civil para construcción, reforma o habilitación de instalaciones, sujeta a los módulos máximos que se adjuntan como anexo IV, llevadas a cabo en instalaciones o terrenos propiedad del solicitante o sobre los que tenga un derecho de uso y disfrute que permita la realización de obras irrevocable durante 5 años contados desde la fecha de finalización del plazo de ejecución del proyecto. En caso de que el acuerdo o contrato que confiere ese derecho sea oneroso, solamente podrá formalizarse con entidades no vinculadas al solicitante».

Debe decir:

«a) Obra civil para construcción, reforma o habilitación de instalaciones, sujeta a los módulos máximos que se adjuntan como anexo IV, llevadas a cabo en instalaciones o terrenos propiedad del solicitante o sobre los que tenga un derecho de uso y disfrute que permita la realización de obras irrevocable durante 5 años contados desde la fecha de finalización del plazo de ejecución del proyecto».

– En la página 558, en el artículo 5.1.g), donde dice:

«g) Gastos de alquiler de locales. No podrán imputarse costes por este concepto en caso de que la actividad se desarrolle en la vivienda de la persona emprendedora».

Debe decir:

«g) Gastos de alquiler de locales. No podrán imputarse costes por este concepto en caso de que la actividad se desarrolle en la vivienda de la persona emprendedora y en caso de que el contrato se formalice con personas o entidades vinculadas con el solicitante».

– En la página 565, en el artículo 8.1.a), en el penúltimo párrafo, donde dice:

«– En caso de que se solicite la aplicación de los criterios c), f) e i) del artículo 6.2 de estas bases reguladoras en la valoración de la solicitud, acreditación documental según corresponda del cumplimiento de las condiciones requeridas».

Debe decir:

«– En caso de que se solicite la aplicación de los criterios c), f) y h) del artículo 6.2 de estas bases reguladoras en la valoración de la solicitud, acreditación documental según corresponda del cumplimiento de las condiciones requeridas».

– En la página 590, en el anexo IV de Criterios de módulos de costes subvencionables máximos, donde dice:

«(...)

– Sector del turismo: modernización, rehabilitación o reforma.

(...».

Debe decir:

«(...)

– Sector del turismo: construcción, modernización, rehabilitación o reforma.

(...».