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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 30 Lunes, 15 de febrero de 2021 Pág. 9573

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

EXTRACTO de la Resolución de 25 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y se realiza la convocatoria para el año 2021 de las ayudas para proyectos colaborativos en las áreas estratégicas de los hubs de innovación digital que permitan avanzar en su especialización y consolidación dentro del marco de la RIS3 Galicia (programa Conecta hubs), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN852C) (ayudas para proyectos de innovación en producto).

BDNS (Identif.): 548380.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones de empresas, en los términos previstos en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, que realicen proyectos de I+D+i en colaboración. Las agrupaciones se regirán por el documento contractual que las regule y uno de los socios deberá ejercer el papel de líder.

Los proyectos deberán estar enfocados al mercado y orientados a la generación de conocimientos, tecnologías e innovaciones destinadas a la mejora de los procesos de digitalización y la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados y de mayor valor añadido que reviertan en las pymes gallegas y mejoren su competitividad.

Las empresas podrán ser pequeñas o medianas y deberán tener domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda. La participación de cada empresa deberá estar justificada, ser relevante y equilibrada, no pudiendo superar nunca una misma empresa (o empresas vinculadas) el 65 % del presupuesto subvencionable total del proyecto.

Cada proyecto deberá incluir, como mínimo, tres indicadores medibles que permitan recoger los avances obtenidos, según la situación actual en Galicia, en el objetivo u objetivos específicos del programa Europa digital a que se oriente el proyecto, siempre en el marco de la RIS3 Galicia. Estos indicadores deberán cuantificarse para poder determinar la evolución alcanzada por el desarrollo del proyecto.

Segundo. Finalidad

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación para la financiación de proyectos colaborativos en las áreas estratégicas de los hubs gallegos de innovación digital que permitan avanzar en su especialización y consolidación dentro del marco de la RIS3 Galicia (programa Conecta hubs).

A través de estos proyectos se avanzará en estos objetivos de una manera adaptada a las necesidades del Sistema gallego de la innovación mejorando su competitividad y resiliencia. Servirán, además, para consolidar los hubs gallegos de innovación digital estratégicos en el marco de sus áreas de trabajo en un contexto de cooperación interregional a nivel de la Unión.

Esta resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2021 de la línea 2 de las ayudas para proyectos colaborativos en las áreas estratégicas de los hubs de innovación digital que permitan avanzar en su especialización y consolidación dentro del marco de la RIS3 Galicia:

– Línea 2 (código de procedimiento IN852C): proyectos de innovación en producto.

Los proyectos deberán tener un presupuesto mínimo de 250.000 euros y un máximo de 600.000 euros, dividido en las distintas actividades a realizar por cada uno de los integrantes de la agrupación.

Cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de dos empresas pymes no vinculadas entre sí y un máximo de seis, todas ellas pymes. En la agrupación no podrán participar grandes empresas.

Los proyectos podrán ser plurianuales. Deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2021 y estar finalizados antes del 30 de abril de 2023, y no podrán estar finalizados materialmente antes de la fecha de presentación de la solicitud.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria. La concesión de estas ayudas se realizará a través de un régimen de concurrencia competitiva.

Las ayudas correspondientes a la línea 2 se ajustarán a lo establecido en el Reglamento (CE) 1407/2013 relativo a las ayudas de minimis.

Cuarto. Importe

El importe total de la convocatoria es de 6.800.000 €, con la siguiente distribución anual:

Eje

OE

Beneficiarios

Desglose medida (CE_Actividades)

Aplicación presupuestaria

2021 (€)

2022 (€)

2023 (€)

TOTAL

1

1.2.1

Empresas pymes

CE064

06.A2.561A.770.0

CP 2021.00004

Total

2.010.000

2.600.000

450.000

5.060.000

Línea 1 (IN852B)

1.610.000

2.100.000

350.000

4.060.000

Línea 2 (IN852C)

400.000

500.000

100.000

1.000.000

1

1.2.1

Empresas grandes

CE002

06.A2.561A.770.0

CP 2021.00003

Total

690.000

900.000

150.000

1.740.000

Línea 1 (IN852B)

690.000

900.000

150.000

1.740.000

Total

2.700.000

3.500.000

600.000

6.800.000

Las ayudas reguladas en esta resolución estarán cofinanciadas en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020: eje 1: «Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación», prioridad de inversión 1.2: «El fomento de la inversión empresarial en I+i, el desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas, los centros de investigación y desarrollo y el sector de la enseñanza superior, en particular, mediante el fomento de la inversión en el desarrollo de productos y servicios, la transferencia de tecnología, la innovación social, la innovación ecológica, las aplicaciones de servicio público, el estímulo de la demanda, la interconexión en red, las agrupaciones y la innovación abierta a través de una especialización inteligente, y mediante el apoyo a la investigación tecnológica y aplicada, líneas piloto, acciones de validación precoz de los productos, capacidades de fabricación avanzada y primera producción, en particular, en tecnologías facilitadoras esenciales y difusión de tecnologías polivalentes», objetivo específico 1.2.1: «Impulso y promoción de actividades de I+i lideradas por empresas, apoyo a la creación y consolidación de empresas innovadoras y apoyo a la compra pública innovadora», actuación CPSO 1.2.1.7: «Proyectos de innovación abierta para suministrar incentivos a la cooperación entre las empresas».

Las ayudas de la presente convocatoria se financian en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, que tiene una tasa de cofinanciación Feder del 80 %. Se computa como cofinanciación nacional la inversión privada elegible de los beneficiarios por el 20 % restante.

Las ayudas que se concedan al amparo de estas bases se concederán en forma de subvención, como un porcentaje de la inversión subvencionable dentro de los límites de intensidad previstos para la línea 2:

– Línea 2 (IN852C)

El importe máximo de la subvención será del 80 % de la inversión subvencionable. Esta línea de ayudas está sujeta al régimen de minimis.

Un mismo proyecto no podrá recibir una ayuda total que supere los 400.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes por parte del líder de la agrupación comenzará desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, y permanecerá abierto 45 días hábiles.

Santiago de Compostela, 25 de enero de 2021

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación