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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 18 de febrero de 2021 Pág. 10321

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

INSTRUCCIÓN de 10 de febrero de 2021, de la Secretaría General para el Deporte, para la remisión de los reglamentos de licencias de las federaciones deportivas gallegas.

Entre las funciones públicas delegadas ejercidas en régimen de exclusividad por las federaciones deportivas gallegas se encuentra, conforme a lo establecido en el artículo 56.4.c) de la Ley del deporte de Galicia, la expedición de las licencias deportivas. Entre otros aspectos, las licencias suponen la existencia de un seguro que garantiza la cobertura de los riesgos derivados de la práctica deportiva y otorgan a su titular la condición de miembro de la correspondiente federación, habilitándole para participar en sus actividades y competiciones y acreditándolo como integrante de la federación deportiva. Estos y otros aspectos relativos a las licencias emitidas por las federaciones deportivas y contemplados en el artículo 28 y demás concordantes de la Ley 3/2012, de 2 de abril, conforman un sistema y régimen de sustancial importancia sobre el que pivota el conjunto de la organización y funcionamiento del sistema del deporte federado en Galicia.

El artículo 5.1.h) de la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia, en redacción dada por el artículo 28.uno de la Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas, recoge entre las facultades de la Administración deportiva autonómica la de «aprobar los estatutos de las entidades deportivas, así como los reglamentos electorales, los reglamentos de licencias y los reglamentos relativos al funcionamiento interno de las federaciones deportivas».

Atendiendo a la nueva redacción, se requiere a las federaciones deportivas gallegas para que con fecha límite de 31 de julio de 2021 remitan a la Secretaría General para el Deporte sus respectivos reglamentos de licencias deportivas para la temporada 2021/2022. Dichos reglamentos serán objeto de final depósito en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia en términos equivalentes a los estatutos federativos, reglamentos de régimen interno y reglamentos internos de actuación, en el que les sea de aplicación.

Disposición final. Entrada en vigor

Esta resolución será aplicable desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de febrero de 2021

José Ramón Lete Lasa
Secretario general para el Deporte