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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 23 de febrero de 2021 Pág. 11266

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCION de 17 de febrero de 2021 por la que se publica la Resolución de 16 febrero de 2021 respecto de las ayudas destinadas a realizar programas de interés general para fines de carácter social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas al amparo de la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por esta consellería (código de procedimiento BS623D).

Mediante la Orden de 11 de septiembre de 2020 (DOG núm. 191, de 21 de septiembre) se publicaron las bases reguladoras y se convocó el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a realizar programas de interés general para fines de carácter social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por la consellería con competencias en materia de política social de la Xunta de Galicia.

De conformidad con el artículo 15 de dicha orden, la resolución será dictada por la persona titular de la consellería de la Xunta de Galicia con competencias en materia de política social, por propuesta de la Comisión Instructora, según lo previsto en el artículo 13.

Asimismo, el artículo 16 de la misma orden, establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y la correspondiente resolución de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de la notificación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 16 de febrero de 2021, dictada en el procedimiento BS623D, respecto de las ayudas destinadas a realizar programas de interés general para fines de carácter social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas al amparo de la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por esta consellería (código de procedimiento BS623D), que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 16 de febrero de 2021 pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de febrero de 2021

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social

ANEXO

Resolución de la conselleira de Política Social respecto de las ayudas convocadas a través de la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por esta consellería

A través de la Orden de 11 de septiembre de 2020 (DOG núm. 191, de 21 de septiembre) se establecieron las bases reguladoras y se convocó el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a realizar programas de interés general para fines de carácter social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por esta consellería.

Una vez vista la propuesta formulada por la comisión instructora regulada en el artículo 11 de la orden de convocatoria, en relación con las solicitudes presentadas con fecha 20.10.2020 por la Asociación Altair Galiza y por la Fundación Delegación Fundación Finnova; en concreto, en el caso de la primera entidad, Asociación Altair Galiza, por no estar inscrita en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia ni haber solicitado la inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes (artículo 4.1.a); y en el caso de la segunda entidad, la Fundación Delegación Fundación Finnova, por no incluir entre sus fines fundacionales actuaciones destinadas a la juventud (artículo 4.1.a), ni haber acreditado experiencia y especialización durante un plazo mínimo de 2 años en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la gestión y ejecución de, al menos, un programa de los definidos en la línea V del anexo I (artículo 4.1.f),

RESUELVO:

– Inadmitir a trámite las solicitudes que se relacionan en el anexo y declarar que no son susceptibles de acceder a las subvenciones por el incumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 4 de la orden de convocatoria, en los términos de la propuesta de la comisión instructora y que se recogen en dicho anexo.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Política Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

La publicación de esta resolución producirá los efectos de notificación, en los términos establecidos en el artículo 16 de la Orden de 11 de septiembre de 2020.

Santiago de Compostela, 16 de febrero de 2021

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social

ANEXO

Solicitudes inadmitidas

Número

expediente

Entidad solicitante

NIF

Programa

Causa

2020/49

Asociación Altair Galiza

G27439124

Programa Fortaleza asociativa, belleza constructiva

Incumplimiento del requisito establecido en la letra a) del número 1 del artículo 4.

Programa Descubre(te)

Incumplimiento del requisito establecido en la letra a) del número 1 del artículo 4.

2020/162

Fundación Delegación Fundación Finnova

W0173298A

Programa EVIF-Empleo verde de inclusión y formación

Incumplimiento de los requisitos establecidos en las letras a) y f) del número 1 del artículo 4.

Programa Startup Europe Accelerator

Incumplimiento de los requisitos establecidos en las letras a) y f) del número 1 del artículo 4.