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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 23 de febrero de 2021 Pág. 11258

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Orden de 22 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa II Otras actividades cerrradas y se procede a su convocatoria para 2021. Programa II (código de procedimiento TR500D).

BDNS (Identif.): 550216.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias las personas trabajadoras autónomas persona física, o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo, las microempresas y pymes de sectores afectados por el cierre de la actividad conforme a la normativa sanitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Quedan excluidos los establecimientos de hostelería y restauración y los establecimientos de ocio y entretenimiento, como las salas de fiestas, discotecas, pubs, café-espectáculos y furanchos, por estar encuadrados en el Programa I de esta orden.

A los efectos de estas ayudas, se entenderá que está afectado por el cierre aquel establecimiento que no pueda haber abierto según la normativa sanitaria y se encuentre en el apartado 4 «Medidas especiales para determinadas actividades» del anexo de la Orden de 26 de enero de 2021. Se considerarán incluidas las atracciones de feria a que se refiere el punto Segundo. 2 de la referida orden, así como de la Orden de 3 de diciembre de 2020, siempre que se trate de actividades en las cuales no existe establecimiento abierto al público.

No podrán tener la condición de beneficiarias las empresas en que concurra alguna del resto de circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007.

Segundo. Objeto

Este programa tiene por objeto apoyar a los trabajadores autónomos, microempresas o pymes que desarrollen una actividad económica que se vea afectada por el cierre conforme a la normativa dictada por las autoridades sanitarias.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 22 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa II Otras actividades cerrradas y se procede a su convocatoria para 2021. Programa II (código de procedimiento TR500D).

Cuarto. Importe

Para la concesión de esta ayuda se destinan tres millones de euros (3.000.000 €).

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, que establece un período mínimo de un mes.

Santiago de Compostela, 22 de febrero de 2021

Mª Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Empleo e Igualdad