En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal; en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia; y en el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con las instalaciones que se describen a continuación:
– Solicitante: Greenalia Green Power, S.L.U.; CIF B70501473.
– Denominación del proyecto: parque eólico Rodicio II.
– Ayuntamientos afectados: Maceda y Montederramo (Ourense).
– Potencia que se va a instalar: 13,5 MW.
– Número de aerogeneradores: 3 × 4,5 MW de potencia nominal unitaria.
– Producción neta anual estimada: 41.308 MWh/año.
– Presupuesto total (ejecución material): 10.237.681,75 €.
– Localización: (coordenadas UTM, huso 29 ETRS89).
Coordenadas que definen la poligonal del parque eólico:
Vértice |
UTM-X |
UTM-Y |
1 |
618.442 |
4.681.091 |
2 |
618.990 |
4.679.131 |
3 |
620.824 |
4.677.785 |
4 |
621.875 |
4.677.785 |
5 |
621.875 |
4.678.471 |
6 |
620.911 |
4.679.194 |
7 |
620.419 |
4.680.258 |
8 |
618.934 |
4.681.393 |
Esta poligonal ocupa un total de 567 ha.
Las coordenadas previstas en proyecto para los aerogeneradores y para el centro de seccionamiento y control (CSC) son:
Vértice |
UTM-X |
UTM-Y |
Ayuntamiento |
AE 01 |
620.526 |
4.678.509 |
Maceda |
AE 02 |
620.819 |
4.678.277 |
Maceda |
AE 03 |
621.154 |
4.678.077 |
Maceda |
CSC |
620.349 |
4.678.638 |
Maceda |
Características técnicas recogidas en el proyecto:
– 3 aerogeneradores modelo SG145 4,5 del fabricante Siemens Gamesa o similar, con una altura de buje de 107,5 m, diámetro de rotor de 145 m y una potencia máxima activa de generación eléctrica de 4.500 kW, con sus correspondientes centros de transformación, situados en la propia nacelle de los aerogeneradores, con potencia unitaria de 5.000 kVA y relación de transformación de 0,69/30 kV.
– Red eléctrica soterrada a 30 kV, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y el centro de seccionamiento y control (CSC) del parque, en conductor tipo RHZ1 18/30 kV 240 mm² y las siguientes longitudes: AE 03-AE 02: 467 m, AE 02-AE 01: 445 m y AE 01-CSC: 267 m.
– Red eléctrica soterrada a 30 kV, de interconexión entre CSC y la subestación prevista en el parque eólico Rodicio, en conductor tipo RHZ1 18/30 kV 400 mm² y una longitud de 4.782 m.
– Centro de seccionamiento y control (CSC) del parque, PFU en envolvente de hormigón monobloque, con celdas de entrada y salida de línea a 30 kV, de protección con interruptor automático Inom 1250 A, y de medida de tensión, así como un centro de transformación para SSAA, de 50 kVA r/t: 30/0,4 kV, con las correspondientes protecciones. Equipos de control del parque compuesto por PC y software tipo Scada para la supervisión local y remota de instalaciones y de equipo de medida y facturación.
El objeto de la información pública será la autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la necesidad de urgente ocupación que eso implica, la autorización administrativa de construcción, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal y el estudio de impacto ambiental de las instalaciones. La declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, la necesidad de la urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.
Documentación que se expone:
1. El proyecto de ejecución (febrero 2020-visado el 22.4.2020).
2. La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y de derechos afectados (RBDA marzo 2020- firm. 6.3.2020), que figura en el anexo a este acuerdo.
3. Planos parcelarios (RBDA-marzo 2020, firmado el 6.3.2020).
4. El estudio de impacto ambiental (EIA) (agosto de 2020).
5. El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (febrero 2020, visado el 22.4.2020).
Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33.8 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental (modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia), para el conocimiento general, así como, en particular, de los propietarios de los predios que figuran en las relaciones anexas a este acuerdo, y de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fueran omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que crean oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
Toda la documentación se puede examinar en esta Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación en Ourense, calle Curros Enríquez, nº 1, 32003 Ourense, y en el siguiente enlace web de la consellería:
https://edicionportais.xunta.es/web/portal-cei-2014/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion
El estudio de impacto ambiental estará también disponible, durante el señalado plazo, en las dependencias de la Jefatura Territorial de Ourense de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.
Ourense, 3 de febrero de 2021
Pablo Fernández Vila
Jefe territorial de Ourense