Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 4 de marzo de 2021 Pág. 12928

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (760/2019).

Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 760/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mabel Soñora Oliveira contra la empresa Feria Gallega del Marisco, S.L., Luis Padín Parada, el Fogasa y José Carlos Parada Cao, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Acuerdo: se aprueba la conciliación alcanzada entre las partes, en los términos expresados en la comparecencia previa a esta resolución.

Archívense las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber a las partes que la acción para impugnar la validez de la conciliación se ejercerá ante este mismo órgano, por los trámites y con los recursos establecidos en la LJS. La acción caducará a los treinta días de la fecha de su celebración. Para los terceros perjudicados el plazo contará desde que pudieran haber conocido el acuerdo. Las partes podrán ejercer la acción de nulidad por las causas que invalidan los contratos y la impugnación por los posibles terceros perjudicados podrá fundamentarse en ilegalidad o lesividad.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Luis Padín Parada, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 11 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia