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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Lunes, 15 de marzo de 2021 Pág. 14722

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2021 por la que se delega en Puertos de Galicia el balizamiento de los polígonos de acuicultura de las rías gallegas.

El artículo 137.2 del texto refundido de la Ley de puertos del Estado y la marina mercante, aprobado por Real decreto legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPEMM), atribuye a las comunidades autónomas o, en su caso, al concesionario o autorizado de la instalación la obligación de realizar a su costa el proyecto de ejecución, la instalación y el mantenimiento de las ayudas a la navegación marítima, la instalación y el mantenimiento del balizamiento de instalaciones otorgadas en concesión o autorización, incluidas las destinadas a cultivos marinos y emisarios submarinos, o de otras instalaciones ubicadas en el medio marino, susceptibles de poder representar un obstáculo a la navegación, así como el balizamiento de instalaciones y obstáculos artificiales, según proceda de conformidad con la normativa y características técnicas y ubicación de los dispositivos que hayan sido aprobados por Puertos del Estado, previo dictamen de la Comisión de Faros.

El acta de la Comisión de Faros de 6 de junio de 2017 recoge el dictamen realizado en esa sesión en la que se ratifica sobre las resoluciones de balizamiento para los polígonos de bateas de las rías gallegas realizados el 11 de junio de 2001, el 13 de diciembre de 2003 y el 27 de junio de 2011.

Ante la falta de cumplimiento de las resoluciones anteriores, se decide en esa misma sesión asignar balizamientos a cada uno de los puertos, autonómicos y estatales, así como a los demás organismos y particulares, al objeto de mejorar el balizamiento para el acceso a los puertos autonómicos y del Estado en las rías gallegas, balizando los canales de aproximación de forma que los tráficos queden libres de los obstáculos que representan las instalaciones de acuicultura. Estos balizamientos se asocian a los puertos correspondientes.

Igualmente, se propone el balizamiento de los polígonos de acuicultura que, no estando situados en zonas de aproximación o acceso a algún puerto, se consideren un obstáculo para la navegación. En este caso será responsable de tal balizamiento la Consellería del Mar o el responsable de la instalación o polígono, en su caso.

La Comisión establece un plazo de 3 años para la puesta en servicio del balizamiento por el responsable de la instalación, en caso de señales nuevas, y de 6 meses para el resto.

El artículo 113.2.e) de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de Puertos de Galicia (DOG núm. 236, de 14 de diciembre), considera servicios generales los servicios de señalización, balizamiento y otras ayudas a la navegación que sirvan de aproximación y acceso del buque al puerto, así como su balizamiento interior.

Por su parte, el artículo 51 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, obliga a instalar y mantener los dispositivos de ayudas a la navegación marítima de las instalaciones otorgadas en régimen de concesión.

Si las instalaciones se encuentran situadas en polígonos o en otros instrumentos de ordenación de la actividad acuícola marina, la instalación y mantenimiento se realizará por la consellería competente en materia de acuicultura, corriendo los gastos a cargo de todas las personas concesionarias del polígono.

Corresponde a Puertos de Galicia, entidad pública empresarial adscrita a la Consellería del Mar, el proyecto, construcción, conservación, mejora, ordenación, administración y explotación de las obras, instalaciones, servicios y actividades portuarias, así como la planificación de las zonas de servicio y las futuras ampliaciones de las mismas, en los términos previstos en la Ley 6/2017, de Puertos de Galicia.

Asumirá igualmente las funciones que, en el ámbito de las competencias de la comunidad autónoma, le puedan ser atribuidas por la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de gestión y actuaciones en el dominio público marítimo-terrestre.

El artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, permite la delegación de competencias cuya titularidad corresponda a órganos de la Administración autonómica en otros órganos de la propia Administración autonómica o de alguna entidad integrante del sector público autonómico.

En caso de que un órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia delegue el ejercicio de competencias en un órgano de una entidad instrumental del sector autonómico, tal delegación deberá ser previamente aprobada por los órganos de los que dependan el órgano delegante y el órgano delegado, salvo que el delegante sea el titular de la consellería de adscripción de la entidad instrumental, caso en que bastará con la decisión de este.

El Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, establece en el artículo 11 la estructura de los órganos de dirección de la Consellería del Mar, así como los entes adscritos a esta consellería, siendo uno de ellos Puertos de Galicia.

Dado que Puertos de Galicia ejerce ya sus competencias de balizamiento portuario en toda la Comunidad Autónoma, disponiendo del conocimiento y experiencia en cuanto a los medios y sistemas de gestión necesarios para llevar a cabo estas tareas, parece que la solución más eficiente para la instalación y mantenimiento del conjunto de las señales necesarias para una navegación segura en nuestras rías y, en concreto, en los polígonos de acuicultura, que no son responsabilidad de las autoridades portuarias del Estado, se realice de manera centralizada por este organismo autonómico. Puertos de Galicia repercutirá en los titulares de las concesiones de las instalaciones en los polígonos de acuicultura las tasas por el mantenimiento de la señalización que deriven de la competencia asumida.

De acuerdo con lo expuesto,

RESUELVO:

Delegar en Puertos de Galicia las funciones de instalación y mantenimiento del conjunto de las señales necesarias en los polígonos de acuicultura para garantizar una navegación segura en las rías gallegas.

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2021

Rosa Quintana Carballo
Conselleira del Mar