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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Jueves, 25 de marzo de 2021 Pág. 16404

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

EXTRACTO de la Resolución de 12 de marzo de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la creación escénica y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento CT403B).

BDNS (Identif.): 553850.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.

Primero. Personas beneficiarias

Personas físicas (autónomas) o jurídicas privadas, y sus asociaciones, así como las sociedades civiles y comunidades de bienes -o cualquier otra agrupación de personas sin personalidad jurídica propia-, así como las uniones temporales de empresas, dedicadas profesionalmente a la producción de actividad escénica, que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia. Quedan exceptuadas las asociaciones y restantes entidades sin fines de lucro.

Segundo. Finalidad

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por Agadic para contribuir a la promoción de la producción de la actividad escénica, dentro del marco de las competencias de este organismo, y proceder a su convocatoria para el año 2021.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 12 de marzo de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la creación escénica y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento CT403B).

Cuarto. Importe

El importe global máximo de las subvenciones anteriormente detalladas será de 800.000 euros, suma que irá con cargo a la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.770.0 del presupuesto de gastos de Agadic, código de proyecto 2010-00005, distribuido entre las anualidades 2021, 2022 y 2023: 200.000 euros con cargo al ejercicio 2021; 500.000 euros con cargo al ejercicio 2022 y 100.000 con cargo al ejercicio 2023.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2021

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia
Gallega de las Industrias Culturales