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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Lunes, 29 de marzo de 2021 Pág. 16934

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 19 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a establecimientos y servicios turísticos de gestión pública y/o privada en los procesos de certificación, seguimiento y renovación de las correspondientes normas UNE, al objeto de la obtención y/o mantenimiento de la marca Q de Calidad Turística del Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE), que serán susceptibles de financiación en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento TU970A).

BDNS (Identif): 552065.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:

Categoría 1ª: los ayuntamientos y sus entidades instrumentales que gestionen los servicios públicos de competencia local recogidas en el artículo 85.2.A de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Categoría 2ª: las personas físicas o jurídicas privadas titulares de establecimientos o servicios turísticos.

Las personas solicitantes de la categoría 2ª deberán reunir los requisitos establecidos en estas bases y tener inscrita la actividad turística para la que se solicita la ayuda en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT), de conformidad con los artículos 50 y 51 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

Segundo. Objeto y régimen

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Agencia Turismo de Galicia, para los procesos de certificación de normas UNE que conduzcan a la obtención o al seguimiento y renovación de la marca Q de Calidad Turística del ICTE (código de procedimiento administrativo TU970A).

Las actuaciones subvencionables con cargo a estas ayudas podrán ser cofinanciadas a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en cuyo caso deberán cumplirse las obligaciones específicas y demás disposiciones que se establecen al respeto en estas bases reguladoras.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 19 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a establecimientos y servicios turísticos de gestión pública y/o privada en los procesos de certificación, seguimiento y renovación de las correspondientes normas UNE, al objeto de la obtención y/o mantenimiento de la marca Q de Calidad Turística del Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE), que serán susceptibles de financiación en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código del procedimiento TU970A).

Cuarto. Importe

Las subvenciones relativas al objeto de esta resolución se financiarán con un crédito total de 260.000,00 €, de los cuales 30.000,00 € corresponderán a la categoría 1ª (ayuntamientos), con cargo a la aplicación presupuestaria 05.A2.761A.760.0, proyecto 2015 00006, y 230.000,00 € corresponderán a la categoría 2ª (entidades privadas), con cargo a la aplicación 05.A2.761A.770.0, proyecto 2015 00005, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, en los términos establecidos en los artículos 31 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y 30 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que implicará a la posibilidad de atender nuevas solicitudes.

Estas ayudas podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Sexto. Plazo de justificación de la subvención

Para justificar la realización de la actividad subvencionada, las personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones tendrán hasta el 30 de noviembre de 2021.

Santiago de Compostela, 19 de febrero de 2021

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia