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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Lunes, 12 de abril de 2021 Pág. 18747

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 4273/2020 MDM).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 4273 /2020

juzgado de origen/autos: SSS Seguridad Social 741/2019 Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

Recurrente: María Dolores Rodríguez Lozano

Abogado: José Nogueira Esmoris

Recurridos: Servicio Publico de Empleo Estatal y Herrero Marinesca Conservas, S.L.

Abogado/a: letrado del Servicio Público de Empleo Estatal

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 4273/2020 de esta sección, seguidos a instancia de María Dolores Rodríguez Lozano contra el Servicio Público de Empleo Estatal y la entidad Herrero Marinesca Conservas, S.L., sobre desempleo, se ha dictado Resolución con fecha 12 de marzo de 2021, cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos: desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de María Dolores Rodríguez Lozano contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña de fecha 17.7.2020, en proceso sobre prestación por desempleo, seguido a instancia de la recurrente contra el Spee, y Herrero Marinesca Conservas, S.L., y confirmamos la sentencia de instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones” ó “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Herrero Marinesca Conservas, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 12 de marzo de 2021

La letrada de la Administración de justicia