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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Martes, 13 de abril de 2021 Pág. 18875

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 7 de abril de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de la tarjeta Bono turístico #QuedamosenGalicia21, y se establece su convocatoria para el 2021 (código de procedimiento TU985D).

BDNS (Identif.): 556352.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de este Bono turístico #QuedamosenGalicia21 las personas físicas mayores de edad, que estén empadronadas en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Cada persona física únicamente podrá solicitar y ser adjudicataria de un Bono turístico #QuedamosenGalicia21.

3. No podrán solicitar ni ser beneficiarias de esta nueva edición del Bono turístico #QuedamosenGalicia21 las personas que ya hubiesen resultado beneficiarias en la primera edición del Bono turístico.

Segundo. Objeto y régimen

Establecer las condiciones por las que se regirá la concesión del Bono turístico #QuedamosenGalicia21. Este bono turístico consistirá de una tarjeta prepago para su utilización en los establecimientos y/o para las prestaciones turísticas ofertadas por las empresas adheridas al programa Bono turístico #QuedamosenGalicia21 y que se encuentren publicadas en la web de la Agencia Turismo de Galicia en el portal promocional de Turismo de Galicia, https://www.turismo.gal/QuedamosenGalicia2 (código de procedimiento TU985D).

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 7 de abril de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de la tarjeta Bono turístico #QuedamosenGalicia21 y se establece su convocatoria para el 2021 (código de procedimiento TU985D).

Cuarto. Importe

El crédito necesario para la cofinanciación de las tarjetas del Bono turístico #QuedamosenGalicia21 se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.A2.761A.480.0, código de proyecto 2020 00001, del vigente presupuesto de la Agencia Turismo de Galicia, por el importe total máximo de 2.000.000 €, mediante los correspondientes libramientos a la entidad colaboradora, ABANCA Corporación Bancaria, S.A., sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas a consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, nombradamente, por la financiación que puedan aportar otras administraciones a este programa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, lo que podrá dar lugar a la posibilidad de atender nuevas solicitudes.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria estará abierto a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de esta resolución hasta el día 1 de noviembre de 2021 (incluido).

Sexto. Vigencia del programa

1. Este programa estará vigente hasta el 15 de diciembre de 2021, incluido, fecha hasta la que los beneficiarios de la tarjeta prepago podrán realizar pagos en los establecimientos adheridos al mismo.

2. Las tarjetas están sometidas la caducidad y, con carácter general, no podrán ser usadas más allá del 15 de diciembre de 2021.

3. Si la persona beneficiaria de la tarjeta no agota su saldo antes de 16 de diciembre de 2021, pierde todo el derecho sobre él.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2021

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia