De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 17 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno; y dando cumplimiento al artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, por delegación del conselleiro,
RESUELVE:
Dar publicidad a la resolución de adjudicación de las ayudas concedidas por la Consellería del Medio Rural al amparo de la Orden de 11 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases que regulan la concesión de las ayudas para el fomento de las razas autóctonas gallegas y se convocan para el año 2021 que figuran como anexo en esta resolución.
Santiago de Compostela, 30 de marzo de 2021
El conselleiro del Medio Rural
P.D. (Orden de 17.11.2015; DOG nº 223, de 23 de noviembre)
Silvestre José Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias
ANEXO
a) Norma reguladora de la convocatoria: Orden de 11 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases que regulan la concesión de las ayudas para el fomento de las razas autóctonas gallegas y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento MR536A).
b) Aplicación presupuestaria: 14.04.713C.781.1.
Crédito presupuestario: 200.000,00 €.
c) Finalidad:
– El aumento de la rentabilidad de las explotaciones ganaderas gallegas, de su viabilidad y del nivel de vida de los ganaderos.
– La modernización del sector ganadero gallego en materia de genética, sanidad y producción animal.
– La mejora de la eficiencia de los sistemas productivos agrarios y de las calidades en sus producciones.
– La optimización en la utilización de las oportunidades y recursos disponibles.
d) Destinatarios:
Las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma de Galicia, para el fomento de las razas autóctonas gallegas.
e) Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro del Medio Rural, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015).
También se podrá interponer directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación.
f) Beneficiarios e importe concedido:
Nº expediente |
Entidad |
Cuantía |
LIXEN/2021/15/0001 |
Asociación de criadores del Cabalo de Pura Raza Galega |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/27/0001 |
Asociación de criadores de ganado porcino celta |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/32/0001 |
Asociación de criadores de la raza Ovella Galega |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/32/0002 |
Asociación de avicultores de la raza Galiña de Mos |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/32/0003 |
Asociación de criadores de la raza bovina Cachena |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/32/0004 |
Asociación de criadores de la raza bovina Caldelá |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/32/0005 |
Asociación de criadores de la raza Cabra Galega |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/32/0006 |
Asociación de criadores de la raza bovina Frieiresa |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/32/0007 |
Asociación de criadores de la raza bovina Limiá |
20.000,00 € |
LIXEN/2021/32/0008 |
Asociación de criadores de la raza bovina Vianesa |
20.000,00 € |