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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Miércoles, 14 de abril de 2021 Pág. 19137

III. Otras disposiciones

Puertos de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 29 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a entidades y empresas privadas de carácter náutico-deportivo para la mejora de los puertos deportivos y de las zonas portuarias de uso náutico-deportivo de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento PE209O).

BDNS: 555456.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las entidades gestoras de los puertos deportivos y de las zonas portuarias de uso náutico-deportivo de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia que, como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, se encuentren en las siguientes condiciones:

1. Que han sufrido disminución en los ingresos por la imposibilidad de realizar actividades náuticas recreativas durante el estado de alarma, decretado por el Gobierno de España mediante el Real decreto 463/2020, y sus sucesivas prórrogas, pero que se han visto obligadas a mantener la vigilancia y custodia de las embarcaciones atracadas en sus instalaciones.

2. Que en la época estival posterior al levantamiento del estado de alarma sufrieron una reducción significativa de los tránsitos que tradicionalmente atracaban en las instalaciones.

3. Que desarrollan su actividad en instalaciones ubicadas en terreno portuario adscrito a la Comunidad Autónoma de Galicia.

4. Que, por tanto, han visto reducidos alguno de los siguientes parámetros:

a) La facturación derivada por la actividad declarada en torno a la concesión en el ejercicio de 2020 en más de un 20 % con respecto a la media en el mismo periodo de los dos (2) ejercicios anteriores. Para justificar dicha reducción, se empleará cualquier medio admitido en derecho.

b) El número de tránsitos que recalaron en la instalación náutica en el período de enero a octubre (incluidos) de 2020 en más de un 30 % con respecto a la media de los mismos meses en los dos años anteriores.

5. Que pretendan inversiones en las instalaciones portuarias concesionadas a su cargo, así como en aquellas instalaciones respecto de las que realicen actividades de explotación y prestación de servicios a usuarios, durante el ejercicio 2021, tanto en infraestructuras como en servicios portuarios que redunden directamente en la mejora de las instalaciones ‒funcionalidad o eficiencia‒ que prestan servicio a la náutica recreativa.

Segundo. Objeto

Esta resolución, con código de procedimiento PE209O, tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar la concesión de las ayudas en el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia no competitiva, a las empresas y entidades gestoras de los puertos deportivos y de las zonas portuarias de uso náutico-deportivo de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia que, como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, se encuentren en las siguientes condiciones:

1. Que han sufrido disminución en los ingresos por la imposibilidad de realizar actividades náuticas recreativas durante el estado de alarma, decretado por el Gobierno de España mediante el Real decreto 463/2020, y sus sucesivas prórrogas, pero que se han visto obligadas a mantener la vigilancia y custodia de las embarcaciones atracadas en sus instalaciones.

2. Que en la época estival posterior al levantamiento del estado de alarma sufrieron una reducción significativa de los tránsitos que tradicionalmente atracaban en las instalaciones.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 29 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a entidades y empresas privadas de carácter náutico-deportivo para la mejora de los puertos deportivos y de las zonas portuarias de uso náutico-deportivo de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento PE209O).

Cuarto. Importe

Se destinará una cuantía de 240.000 euros, sin perjuicio de eventuales ulteriores variaciones producidas como consecuencia de una mayor disponibilidad presupuestaria derivada de incorporaciones o generaciones de crédito. La existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria será objeto de publicación en el DOG y no supondrá la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

La financiación de las ayudas se imputará a los créditos previstos en las aplicaciones presupuestarias siguientes:

Con cargo a la partida presupuestaria de Puertos de Galicia, RC 2021, 00000/470, Transferencias corrientes (a empresas privadas), Proyecto 021003, por un importe de 240.000 €, PGCP 6509.

El importe máximo por empresa del sector de la náutica deportiva será de 8.000 euros. Los beneficiarios pueden ser empresas que se enfrenten a dificultades como consecuencia de la pandemia del virus.

En el supuesto de agotamiento de crédito, se estará a lo dispuesto a este respecto en el artículo 32 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, que aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Se publicará también en la página web de Puertos de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de marzo de 2021

Susana Lenguas Gil
Presidenta de Puertos de Galicia