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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Lunes, 26 de abril de 2021 Pág. 20803

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 67/2021, de 8 de abril, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-313, tramo Pardavila-Cadro, puntos kilométricos 3+330-4+130, de clave PO/17/057.06, en el ayuntamiento de Marín (Pontevedra).

Antecedentes:

Primero. El día 14 de junio de 2019 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 112) el Anuncio de 29 de mayo de 2019 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-313, tramo Pardavila-Cadro, puntos kilométricos 3+330-4+130, de clave PO/17/057.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de los informes y certificados presentados, el 7 de octubre de 2019 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción denoninado Fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-313, tramo Pardavila-Cadro, puntos kilométricos 3+330-4+130, de clave PO/17/057.06.

El objeto de la actuación es la construcción de una senda peatonal y ciclista en el margen izquierdo de la carretera PO-113, en el tramo comprendido entre los puntos kilométricos 3+330 y 4+130, en el ayuntamiento de Marín (Pontevedra), con la finalidad de mejorar la seguridad viaria en la zona y fomentar la movilidad sostenible.

Asimismo, se realizarán una serie de actuaciones complementarias de la principal: reposición de la red de drenaje y servicios afectados, reubicación de diversos elementos urbanos, acondicionamiento del margen de la carretera, etc.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros en el ámbito de la administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día ocho de abril de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-313, tramo Pardavila-Cadro, puntos kilométricos 3+330-4+130, de clave PO/17/057.06.

Santiago de Compostela, ocho de abril de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad