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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Martes, 27 de abril de 2021 Pág. 21057

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de resolución (RSU 1482/2020 CBO).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 1482/2020 CBO

Juzgado de origen/autos: PO procedimiento ordinario 880/16 Juzgado de lo Social número 3 de Vigo

Recurrente: José Luis González Rodríguez

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Fogasa, Graniblok, S.A., David Fernández Grande, S.L., Armadilla, S.L., Marcelino Martínez Galicia, S.L., Juana de Santiago Guerreiro, Granitos Vilafría Couto, S.A., Granitos Martínez, S.A., Hispano Suiza de Perfilados, S.A., Antonio Rodríguez Rodríguez, José Ramón Pereira Oliveira y José López Gutiérrez

Casación en unificación de doctrina: 368/20

Recurrente: Marcelino Martínez Galicia, S.L.

Yo, Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia y de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el recurso de suplicación 1482/2020 seguido a instancia de José Luis González Rodríguez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Fogasa, Graniblok, S.A., David Fernández Grande, S.L., Armadilla, S.L., Marcelino Martínez Galicia, S.L., Juana de Santiago Guerreiro, Granitos Vilafría Couto, S.A., Granitos Martínez, S.A., Hispano Suiza de Perfilados, S.A., Antonio Rodríguez Rodríguez, José Ramón Pereira Oliveira y José López Gutiérrez sobre recargo de accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

«Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de justicia Sra. Freire Corzo.

A Coruña, 31 de marzo de 2021

El anterior escrito suscrito por el letrado Marcos Castro Álvarez en nombre y representación de Marcelino Martínez Galicia, S.L., se une al recurso de su razón.

Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina. Fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala, a la que se unirá la dictada por el TSJ de Valencia en su RSU nº 3759/04 y que ha sido aportada por la parte.

Se procede al emplazamiento de las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días; librándose, al efecto, el oportuno oficio para la publicación en el DOG de la presente resolución, a fin de proceder al emplazamiento en legal forma de Granitos Vilafría Couto, S.A., José Ramón Pereira Oliveira, José López Gutiérrez actualmente en ignorado paradero.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 3 de Vigo que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe».

Y para que sirva de notificación y emplazamiento en legal forma a Granitos Vilafría Couto, S.A., José Ramón Pereira Oliveira, José López Gutiérrez, actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 31 de marzo de 2021

La letrada de la Administración de justicia