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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Martes, 4 de mayo de 2021 Pág. 22501

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

ACUERDO de 30 de marzo de 2021, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la necesidad de urgente ocupación que eso implica, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) del proyecto del parque eólico Monte do Cordal, en el ayuntamiento de Friol (Lugo) (expediente IN408A 2018/33).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental (modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia); en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:

Solicitante/promotor: Greenalia Wind Power, S.L., NIF B70501473.

Domicilio social: plaza María Pita, nº 10, 1er piso, 15001 A Coruña.

Denominación del proyecto: parque eólico Monte do Cordal.

Municipios afectados: ayuntamiento de Friol (Lugo).

Potencia a instalar: 12,6 MW.

Núm. aerogeneradores a instalar: 3×4,2 MW de potencia nominal unitaria.

Producción neta: 47.412 MWh/año

Plazo de ejecución: 5 meses.

Presupuesto total (ejecución material): 10.663.908,91 €.

Localización (área de afección):

Vértice poligonal

Parque eólico Monte do Cordal (Friol)

ETRS89 H29

UTM-X

UTM-Y

1

578.165

4.764.044

2

588.847

4.762.128

3

589.134

4.761.786

4

589.726

4.761.786

5

591.422

4.763.599

6

590.626

4.766.782

7

588.785

4.765.863

Aerogenerador

Parque eólico Monte do Cordal (Friol)

ETRS89 H29

Municipios

UTM-X

UTM-Y

AE 1

589.897

4.765.974

Friol

AE 2

590.150

4.765.701

Friol

AE 4

590.447

4.765.064

Friol

Centro de seccionamiento y control

Parque eólico Monte do Cordal (Friol)

ETRS89 H29

UTM-X

UTM-Y

1

590.480

4.764.928

Características técnicas de las instalaciones:

• 3 aerogeneradores de 4,2 MW de potencia unitaria, con velocidad y paso variable, altura hasta el buje de 107 m y un diámetro de rotor de 150 m.

• 2 líneas de evacuación de la energía eléctrica de los aerogeneradores en 30 kV con conductores tipo RHZ1 18/30 kV de 1×240 mm2 en sistema trifásico hasta el centro de control del parque eólico.

• 1 centro de control del parque eólico en edificio prefabricado con las protecciones de las diferentes líneas eléctricas y los equipos de medida, protección y control del parque eólico.

• 1 línea de evacuación de la energía del parque eólico desde el centro de control de este parque eólico hasta la subestación prevista del parque eólico de Friol, formada por un circuito de conductor tipo RHZ1 18/30 kV de 1×400 mm2 en sistema trifásico (la subestación del parque eólico de Friol no forma parte de este proyecto).

• Las líneas de comunicación de fibra óptica indicadas en el proyecto.

Además de todos los servicios y sistemas auxiliares indicados, como pueden ser canalizaciones subterráneas, sistemas de puesta a tierra, cimentaciones, caminos de acceso, etc.

Objeto de la información pública:

La solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) de las instalaciones. La declaración de utilidad pública, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

Documentación que se expone:

• El proyecto de ejecución (febrero 20-visado el 23.11.2020).

• La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y derechos afectados (RBDA-febrero 20-firmada el 27.2.2020), que figura en el anexo a este acuerdo.

• Planos individuales de las fincas afectadas (octubre 2020).

• El estudio de impacto ambiental (EIA) (febrero 20-firmado el 25.11.2020).

• El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) (febrero 20-visado el 23.11.2020).

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental (modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia), para el conocimiento general, así como, en particular, de los propietarios de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, y de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fuesen omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

La documentación estará a disposición de los interesados en las dependencias de la sección de Energía de esta Jefatura Territorial de Lugo de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en los teléfonos 982 29 46 51 e 982 29 48 04), así como en el Ayuntamiento de Friol (Lugo). Además, también se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación a través del siguiente enlace:

https://ceei.xunta.gal/transparencia/parque-eolico/monte-do-cordal

El estudio de impacto ambiental estará también disponible, durante el mismo plazo, en las dependencias de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.

Lugo, 30 de marzo de 2021

Gustavo J. Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados por el parque eólico Monte do Cordal (IN408A 2018/33)
en el ayuntamento de Friol (Lugo)

Predio

Titular(es)

Datos catastrales

Paraje

Uso

Nº aero

Afecciones (m2)

Ocup.

temp

Pleno dominio

Serv. paso

Serv. vuelo

Pol.

Parc.

Cim.

Plat.

Centro secc.

T. met.

Vial

Zanja

Ayuntamiento de Friol

1

MVMC de Silvela exp. 40/75

145

8

Cortiña

MM pinar maderable

AE 1

2

355

 

 

1.579

782

7.808

 

2

MVMC de Silvela exp. 40/75

144

37

Picha

MM pinar maderable

AE 1

433

2.504

 

 

1.662

691

2.846

 

3

MVMC de Silvela exp. 40/75

144

36

Picha

MM pinar maderable

AE 1

 

4.373

 

 

2.202

687

1.288

1.114

4

MVMC de Silvela exp. 40/75

144

52

Picha

MM pinar maderable

AE 2

 

 

 

 

1.525

358

3.799

 

5

MVMC de Silvela exp. 40/75

144

29

Picha

MM pinar maderable

AE 2

475

8.380

 

 

884

212

6.970

285

6

MVMC de Silvela exp. 40/75

144

30

Picha

MM pinar maderable

 

 

 

 

 

82

 

 

7

Simón Ascariz Felisa

144

27

Picheira

PD prados o praderas

 

 

 

 

61

345

 

 

8

Baamonde Ferro Redosinda

144

81

Arriba da Chousa

MT matorral

 

 

 

 

74

374

 

 

9

Peteiro Sánchez Perfecto

144

57

Arriba da Devesa

MT matorral

 

 

 

 

202

 

 

 

10

MVMC de Silvela exp. 40/75

144

56

Picha

MT matorral

 

 

 

 

494

 

 

 

11

Peteiro Sanchez Perfecto

144

31

Arriba da Chousa

MT matorral

 

 

 

 

791

1.268

 

 

12

MVMC de Silvela exp. 40/75

370

258

Monte

MT matorral

MM pinar maderable

AE 4

450

3.802

 

 

535

930

2.406

 

13

MVMC de Silvela exp. 40/75

370

257

Monte

MM pinar maderable

AE 4

 

2577

 

 

412

 

1.929

 

14

MVMC de Silvela exp. 40/75

370

259

Monte

MM pinar maderable

AE 4

 

26

84

 

 

1.217

2.610

 

15

MVMC de Silvela exp. 40/75

370

260

Monte

MT matorral

MM pinar maderable

C labor o labradío secano

I improductivo

AE 4

 

1

 

 

 

48

4.545

 

16

Fernández Ferro Gerardo

370

157

Uceira

MT matorral

PR prado o praderas de regadío

 

 

 

 

 

496

 

 

17

Pérez Barreiro Aurelio

370

263

Monte Tras Ouceira

MT matorral

 

 

 

 

 

314

 

 

18

MVMC de Silvela exp. 40/75

370

172

Monte

MM pinar maderable

I improductivo

 

 

 

 

 

455

 

 

19

Monte comunal de Silvela (Santa María)

370

173

Monte

FG robledal

 

 

 

 

 

37

 

 

20

Cabo Ferro Ángela (hros. de)

370

160

Uceira

MT matorral

 

 

 

 

 

3

 

 

21

Ferro Penas Manuel (hros. de)

370

159

Uceira

MT matorral

 

 

 

 

 

1

 

 

22

Pérez Barreiro Aurelio

370

134

Carballeira

MT matorral

 

 

 

 

 

978

 

 

23

Bello Castro Eladio
Cabado Pérez María Carmen

370

76

Aira

PD prados o praderas

MM pinar maderable

 

 

 

 

 

83

 

 

24

Roca Tizón María Soledad
Santos Roca Verónica
Santos Roca Alberto

501

15

Marcela - Silvela

C labor o labradío secano

PD prados o praderas

E pastos

 

 

 

 

 

732

 

 

25

Ascariz Vázquez Jose Carlos
Ascariz Garea José Ramón
Vázquez Prado María Eva

369

74

Mondón

MT matorral

PD prados o praderas

PR prados o praderas de regadío

 

 

 

 

 

1.613

 

 

26

Comunal de vecinos de Silvela

368

227

Tras a Casa

MM pinar maderable

 

 

 

 

 

67

 

 

27

Montecelo Fernández Celsa

368

229

Picha

PD prados o praderas

 

 

 

 

 

177

 

 

28

Blanco Barba Higinio

368

88

Rega

MM pinar maderable

 

 

 

 

 

237

 

 

29

Fuciños Rivas Julio Serafín

368

90

Mondón

MM pinar maderable

 

 

 

 

 

239

 

 

30

Fuciños Rivas Julio Serafín

368

91

Rega

MM pinar maderable

MT matorral

 

 

 

 

 

423

 

 

31

Gil Moreno María Manuela
Ferro Gil Jesús

368

32

Picha Cotón

PD prados o praderas

 

 

 

 

 

163

 

 

32

Baamonde Ferro Jesús (hros. de)

368

31

Cotón

MT matorral

 

 

 

 

 

48

 

 

33

López Lorenzo Manuel

368

30

Cotón

PD prados o praderas

 

 

 

 

 

197

 

 

34

Ferro Penas Manuel (hros. de)

368

29

Cotón

PD prados o praderas

 

 

 

 

 

9

 

 

35

Cabo Cabado Josefa

368

20

Monte Revolta

MT matorral

 

 

 

 

 

17

 

 

36

Fuciños Rivas Manuel Fernando
Fuciños Rivas Julio Serafín

368

170

Rego Traveso

MT matorral

 

 

 

 

 

234

 

 

37

Penas Penas José Luis

368

108

Casa Vella

MT matorral

PD prados o praderas

I improductivo

 

 

 

 

 

241

 

 

38

Monte vecinal en mano común de Carballo

368

6

Monte Silvela

MT matorral

PD prados o praderas

I improductivo

 

 

 

 

 

4.082

 

 

39

Sánchez Zas, Delfín

368

145

Revoltón

MT matorral

PD prados o praderas

 

 

 

 

 

13

 

Afecciones en metros cuadrados (m2):

• Superficie de pleno dominio:

– Cimentación (Cim.): cimentación del aerogenerador.

– Plataforma (Plat.): plataforma de montaje del aerogenerador.

– Subestación (Sub.): subestación eléctrica.

– Torre meteorológica (T. met.): plataforma de la torre meteorológica.

• Servidumbre de paso:

– Vial: derecho de paso por los viales en los que circularán los transportes para la construción, vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones del parque eólico.

– Zanja: servidumbre de paso de la línea eléctrica enterrada.

• Servidumbre de vuelo de las palas de los aerogeneradores (Serv. vuelo).

• Otras afecciones:

–Ocupación temporal (Ocup.Temp.): ocupación de terrenos durante el período de duración de las obras. Sirve temporalmente como acopio de materiales, montaje de grúas, acopio de palas y otros componentes de los aerogeneradores, etc.