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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Martes, 4 de mayo de 2021 Pág. 22509

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de A Coruña (expediente IN407A 2021/44-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Abeconsa, S.L.U.

Domicilio social: calle Comandante Fontanes, 11, 1º, 15003 A Coruña.

Denominación: proyecto LMTS, CT y RBTS.

Situación: calle Alfredo Vicenti, 34, 15004 A Coruña.

Características técnicas:

– Línea de alta tensión subterránea de 15 kV con inicio y fin en la línea de distribución existente SPV 707 entre el CS 15CLNB y el CT 15CBX4, después de entrar y salir en el centro de transformación proyectado, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240 mm²), Al, 81 m.

– Centro de transformación no prefabricado en local de la planta baja del edificio de viviendas, compacto, de maniobra exterior. Configuración 2L+1P telecontrolado con transformador de 250 kVA, refrigeración natural, en baño de aceite mineral y relación de transformación 15/0.40 kV.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, y de acuerdo con la Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

El plazo de vigencia de esta autorización es de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La presente autorización se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, y no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que pudiera incurrir el beneficiario en el ejercicio de la actividad o en la explotación de la instalación autorizada.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra el presente acuerdo, que no es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 23 de abril de 2021

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña