De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, aprobado por el Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, así como en la Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo genéricos vacantes en el Instituto de Medicina Legal de Galicia para el cuerpo de médicos forenses, esta dirección general
ACUERDA:
Primero. Resolver el concurso de traslados adjudicando el puesto identificado en el anexo I a la funcionaria de carrera perteneciente al cuerpo de médicos forenses, igualmente identificada en dicho anexo.
Segundo. Declarar desiertos los puestos relacionados en el anexo II.
Tercero. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de localidad de la persona funcionaria, de ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la comunidad autónoma y de veinte días hábiles si implica cambio de comunidad autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será un mes tanto si el puesto de trabajo es el de origen como si es el de destino. Cuando la persona adjudicataria de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio activo, el plazo será de veinte días hábiles.
Por lo que respecta a los funcionarios que estén desempeñando un puesto de trabajo en comisión de servicio, a efectos de plazos posesorios se entenderá por localidad de funcionario aquella en la que esté prestando servicios efectivamente.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado.
Quienes se encuentren desempeñando una comisión de servicio no será necesario que se desplacen al órgano de origen que tengan reservado para formalizar el cese, pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión; para ello, la Administración hará llegar los documentos al órgano en el que el concursante se encuentre desempeñando la comisión.
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo desde las situaciones de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, de excedencia voluntaria por interés particular, de excedencia voluntaria por agrupación familiar o de suspensión de funciones, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto de la plaza obtenida en el concurso.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados.
Cuarto. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Justicia en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados competentes de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; ambos plazos a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Santiago de Compostela, 19 de abril de 2021
Juan José Martín Álvarez
Director general de Justicia
ANEXO I
Fase de concurso
Adjudicatario/a |
DNI |
Nº orden |
Puesto adjudicado |
Centro de trabajo |
Martínez López, Olaya |
**8149** |
189 |
XG9251820015770307.00 |
Instituto de Medicina Legal de Galicia. Subdirección de Santiago de Compostela (A Coruña) |
ANEXO II
Plazas desiertas
Nº orden |
Denominación |
ATP |
Localidad |
Provincia |
Vacantes |
Puesto |
174 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
A Coruña |
A Coruña |
1 |
XG9251820015001305.00 |
178 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
A Coruña |
A Coruña |
1 |
XG9251820015001309.00 |
179 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Ferrol |
A Coruña |
1 |
XG9251820015350301.00 |
182 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Ferrol |
A Coruña |
1 |
XG9251820015350304.00 |
190 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Santiago de Compostela |
A Coruña |
1 |
XG9251820015770308.00 |
192 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Lugo |
Lugo |
1 |
XG9251820027001302.00 |
195 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Lugo |
Lugo |
1 |
XG9251820027001305.00 |
199 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Ourense |
Ourense |
1 |
XG9251820032001304.00 |
200 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Ourense |
Ourense |
1 |
XG9251820032001305.00 |
201 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Pontevedra |
Pontevedra |
1 |
XG9251820036001301.00 |
203 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Pontevedra |
Pontevedra |
1 |
XG9251820036001303.00 |
208 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Vigo |
Pontevedra |
1 |
XG9251820036560303.00 |
213 |
Instituto Medicina Legal. Subdirección |
Médico forense (generalista) |
Vigo |
Pontevedra |
1 |
XG9251820036560308.00 |