En el presente recurso de apelación civil nº 865/2020, dimanante de ejecución hipotecaria n° 113/2018 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cambados, seguido a instancia de la apelante Procogal, S.L., frente a Sareb, S.A. e Investcon 2002, S.L., se ha dictado auto cuyo tenor literal es el siguiente:
«Auto nº 35/2021.
Magistrados:
Francisco Javier Menéndez Estébanez
María Begoña Rodríguez González
Jacinto José Pérez Benítez
Pontevedra, 22 de febrero de 2021.
Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
Parte dispositiva.
Que desestimamos el recurso de apelación presentado por la representación procesal de Progogal, S.L. y en su consecuencia procede la devolución de los autos al juzgado de origen a fin de que acuerde lo procedente respecto al despacho de la ejecución. No se efectúa pronunciamiento en costas. Contra la presente resolución no caben recursos.
Así lo mandan y firman los magistrados indicados. Doy fe».
Y encontrándose dicha demandada Investcon 2002, S.L. en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Pontevedra, 8 de abril de 2021
La letrada de la Administración de justicia