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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Jueves, 20 de mayo de 2021 Pág. 24889

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de A Coruña

ANUNCIO del acuerdo de suspensión cautelar de planeamiento de desarrollo, instrumentos de gestión y de ejecución urbanística en el ámbito del EL-4 no obtenido por el ayuntamiento (631/2021/85).

El Pleno del ayuntamiento, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el 6 de mayo de 2021, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Primero. En el marco de la modificación puntual del PGOM de la norma zonal nº 8 relativa a equipamientos, proceder al estudio y análisis de la posible modificación de la calificación urbanística de los espacios calificados como EL-4 no obtenidos por el Ayuntamiento de A Coruña, a los efectos de determinar la asignación del uso del suelo que mejor cumpla las finalidades del principio de desarrollo territorial y urbano sostenible, ponderando la necesidad de la ejecución de aparcamientos en dicho espacio u otros usos adecuados.

Segundo. Aprobar la propuesta de suspensión cautelar de tramitación de instrumentos de planeamiento, gestión del suelo, incluidos los de expropiación forzosa, ejecución material y licencias en el ámbito grafiado que se adjunta al presente acuerdo y en las siguientes parcelas catastrales: 9102032NJ4090S y 9102034NJ4090S.

Asimismo, las parcelas objeto de este acuerdo de suspensión que no cuentan con referencia catastral son las delimitadas en el plano que se adjunta a este acuerdo.

Se adjunta a este acuerdo la delimitación del ámbito de suspensión grafiada en el plano que se incorpora, así como el resumen ejecutivo.

La duración máxima del acuerdo de suspensión será de un año.

Sin perjuicio de lo anterior, dicha medida cautelar podrá ser objeto de levantamiento en el marco de la tramitación de la modificación puntual.

La suspensión no afectará a los usos y actividades señalados en el art. 86.3 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que fue aprobado el reglamento de la Ley del suelo.

Tercero. Publicar el acuerdo de suspensión en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia, así como en la sede electrónica del ayuntamiento.

Cuarto. Notificar este acuerdo a los departamentos municipales implicados en la ejecución del planeamiento».

Contra este acuerdo cabe interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo máximo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se entienda más procedente y sea conforme a derecho.

El plano y el resumen ejecutivo a que hace referencia el acuerdo se puede descargar de la página web de Urbanismo www.coruna.gal/urbanismo en el apartado «Exposición pública».

Lo que se publica para general conocimiento.

A Coruña, 10 de mayo de 2021

La alcaldesa
P.D. (Dispositivo tercero, letra e), del Decreto 3847, de 27.6.2019)
Juan Manuel Díaz Villoslada
Concejal delegado de Urbanismo, Vivienda,
Infraestructuras y Movilidad