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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Viernes, 21 de mayo de 2021 Pág. 25448

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Carral (expediente IN407A 2020/140-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Divarian Propiedad, S.A.

Domicilio social: calle Julián Camarillo, núm. 4 Barrio Simancas-Distrito San Blas, 28037 Madrid.

Título: proyecto LMTS y CT subterráneo para suministro a edificio de viviendas.

Situación: rúa Pan 11, 15175 Carral (A Coruña).

Características técnicas:

Línea de media tensión subterránea de 15 kV, con inicio en celda existente en el CT 15S357 y final en empalmes en la línea de media tensión subterránea existente RAL706 a CT 15CEH5, tras entrar y salir en el CT proyectado, con conductor RHZ1 2OL 12/20 kV 3x(1x240 mm2) Al, longitud 175 m.

Centro de transformación subterráneo en edificio prefabricado 2L1P, con celdas prefabricadas SF6 (24 kV, 400 A, 16 kA), 2 celdas de línea (entrada/salida), 1 celda de protección con fusibles y transformador en aceite mineral, refrigeración natural, 15 kV/420 V de 250 kVA.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013 (BOE núm. 310), de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014 de la Dirección General de Energía y Minas por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

El plazo de vigencia de esta autorización es de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La presente autorización se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, y no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que pudiera incurrir el beneficiario en el ejercicio de la actividad o en la explotación de la instalación autorizada.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra el presente acuerdo, que no es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 9 de abril de 2021

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña