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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Lunes, 21 de junio de 2021 Pág. 31135

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica la Resolución de 7 de junio de 2021, relativa a la adjudicación del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 7 de mayo de 2021 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la Campaña de verano 2021 para colectivos juveniles (código de procedimiento BS304A).

Mediante la Orden de 7 de mayo de 2021 (DOG núm. 92, de 19 de mayo) se establecieron las bases reguladoras y se convocó el procedimiento para adjudicar el uso de instalaciones juveniles dependientes de la Consellería de Política Social para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2021 para colectivos juveniles, en los términos establecidos en la orden y con la distribución de plazas recogida en el anexo I de la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.5 de la orden de convocatoria, el órgano competente para resolver es la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social.

Asimismo, el artículo 10 de dicha orden establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y las correspondientes resoluciones de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 7 de junio de 2021, dictada en el procedimiento BS304A, relativa a la adjudicación del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 7 de mayo de 2021 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la Campaña de verano 2021 para colectivos juveniles (código de procedimiento BS304A).

Segundo. Comunicar que la Resolución de 7 de junio de 2021 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación a través de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia.

No obstante, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación a través de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 8 de junio de 2021

Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO

Resolución de 7 de junio de 2021, dictada en el procedimiento BS304A, relativa a la adjudicación del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 7 de mayo de 2021 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la Campaña de verano 2021 para colectivos juveniles (código de procedimiento BS304A)

Mediante la Orden de 7 de mayo de 2021 (DOG núm. 92, de 19 de mayo) se establecieron las bases reguladoras y se convocó el procedimiento para adjudicar el uso de instalaciones juveniles dependientes de la Consellería de Política Social para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la Campaña de verano 2021 para colectivos juveniles, en los términos establecidos en la orden y con la distribución de plazas recogida en el anexo I de la misma.

Una vez comprobadas las solicitudes por el Instituto de la Juventud de Galicia, órgano instructor del procedimiento, la Comisión de Valoración prevista en el artículo 9 de la orden de convocatoria evaluó las solicitudes admitidas a trámite de acuerdo con los criterios de adjudicación que se recogen en el artículo 8.

A la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, el órgano instructor formuló la propuesta de resolución conforme a lo regulado en el artículo 9.

Esta Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado es competente para resolver, por delegación de la conselleira de Política Social, según lo dispuesto en el artículo 9.5 de la orden de convocatoria.

En base a lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Adjudicar el uso temporal de instalaciones juveniles dependientes de la Consellería de Política Social para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la Campaña de verano 2021 para colectivos juveniles a las entidades relacionadas en el anexo I, en los términos que se exponen en dicha relación.

Segundo. Denegar el uso de instalaciones juveniles dependientes de la Consellería de Política Social para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la Campaña de verano 2021 para colectivos juveniles a las entidades relacionadas en el anexo II, por aplicación de los criterios de preferencia y prioridad recogidos en el artículo 8 de la orden de convocatoria.

Tercero. Aceptar el desistimiento de la solicitud presentada por la Asociación Cultural, Deportiva e Xuvenil Acuxuve (expediente 2021/7) y declarar la terminación del procedemento para este expediente.

Cuarto. Las entidades adjudicatarias deberán cumplir las obligaciones previstas en los artículos 12, 14 y 15 de la Orden de 7 de mayo de 2021.

La documentación indicada en los citados artículos deberán presentarla en el Servicio de Juventud y Voluntariado de la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social correspondiente a la provincia en la que esté la instalación adjudicada, conforme a lo señalado en los artículos 12 y 14 de la orden.

Si transcurridos los plazos que se indican en los citados artículos no se cumpliesen las obligaciones correspondientes, se declarará expresamente la revocación de la adjudicación, a través de la oportuna resolución, que será dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Quinto. La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, que comenzará a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

No obstante, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexto. La publicación de esta resolución producirá los efectos de notificación, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Orden de 7 de mayo de 2021 y en el artículo 45 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 7 de junio de 2021. La conselleira de Política Social, P.D. (Artículo 9 de la Orden de 7.5.2021). Cristina Pichel Toimil, directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO I

Entidades adjudicatarias

Expediente

Entidad adjudicataria

Localidad

Instalación adjudicada

Fechas

Plazas

2021/12

Asociación Cultural Xeración

Ferrol

(A Coruña)

A.X. Marina Española

01-07/09

32

2021/3

Asociación Cultural Os Tres Reinos

A Mezquita

(Ourense)

A.X. Marina Española

01-10/09

20

2021/1

Asociación Cultural de Ocio e Tempo Libre Arrecó

Ribeira

(A Coruña)

C.X. Espiñeira

26-31/08

50

2021/8

Ayuntamiento de Negreira

Negreira (A Coruña)

C.X. Espiñeira

26/08-04/09

20

2021/4

Ayuntamiento de Vedra

Vedra

(A Coruña)

A.X. Area

21-30/06

70

2021/9

Federación Galega de Bandas de Música Populares

Santiago de Compostela (A Coruña)

R.X. LUG I

26-30/07

30

2021/11

Asociación Cultural Muíños

Boqueixón

(A Coruña)

A.X. As Sinas

23-30/06

60

2021/5

Asociación Grupo Scout ILEX 695

Ourense

C.X. Pontemaril

23/08-04/09

70

ANEXO II

Entidades no adjudicatarias

Expediente

Entidades no adjudicatarias

Motivo

2021/2

Ayuntamiento de Touro

Aplicación de los criterios de preferencia y prioridad regulados en el artículo 8 de la orden.

2021/6

Ayuntamiento de A Baña

Aplicación de los criterios de preferencia y prioridad regulados en el artículo 8 de la orden.

2021/10

Ayuntamiento de Boqueixón

Aplicación de los criterios de preferencia y prioridad regulados en el artículo 8 de la orden.

2021/12

Ayuntamiento de Marín

Aplicación de los criterios de preferencia y prioridad regulados en el artículo 8 de la orden.

2021/14

Arenaria Escola de Tempo Libre

Aplicación de los criterios de preferencia y prioridad regulados en el artículo 8 de la orden.