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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Martes, 29 de junio de 2021 Pág. 32921

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Muxía (expediente-e IN407A 2020/55-1).

Expediente-e: IN407A 2020/55-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: subestación Muxía 66/20 kV, nueva subestación.

Ayuntamiento: Muxía.

Hechos:

1. El 13 de marzo de 2020, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

Entregan el proyecto que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: subestación Muxía 66/20 kV, nueva subestación.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG de 23 de marzo de 2021 y en el BOP de 4 de marzo de 2021.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, es decir, el Ayuntamiento de Muxía. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y el artículo 39.a) del Decreto 230/2021, de 11 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

SET de distribución Muxía con los siguientes elementos principales:

– 2 trafos de potencia intemperie, trifásico, de baño en aceite, de potencia nominal 15 MVA ONAN, relación de transformación 66/20 kV y grupo de conexión YNyn0.

– Parque de 66 kV en intemperie ( HIS) con 2 posiciones con interruptor (2 huecos de reserva):

– 2 posiciones de trafo ( T-I y T-II) contando para cada posición con 1 módulo de aislamiento híbrido, 3 autoválvulas y 3 aisladores de apoyo.

– Parque de 20 kV en interior ( GIS) con 7 posiciones con interruptor y 4 de reserva, y con celdas de MT en edificio dedicado:

– 2 posiciones/celdas blindadas SF6 de trafo ( T-I y T-II) contando para cada una de ellas con 1 seccionador tripolar de barras, 3 TI, 3 TT y sistema de detección de tensión.

– 3 posiciones/celdas blindadas SF6 de línea contando para cada una de ellas con 1 interruptor automático tripolar de corte en vacío, 3 TI, 1 trafo toroidal abrible y sistema de detección de tensión. 2 posiciones de medida de tensión de barras, simple barra, con 3 TT inductivos.

– 1 posición/celda blindada SF6 de trafo SS. AA, con 1 interruptor rotativo trifásico de corte en vacío, 1 juego de fusibles, 1 seccionador de puesta a tierra de mando manual y 1 sistema de detección de tensión.

– 1 posición/2 celdas blindadas SF6 de acoplamento longitudinal, con 2 seccionadores tripolares de barras y un interruptor tripolar de corte en vacío.

– Transformador de servicios auxiliares de 50 kVA y 20.000/420 V. Instalado en edificio dedicado, junto con el cuadro de distribución de BT, los cargadores-batería de 125 y 48 V (c.c.) y los equipos de comunicaciones y telecontrol.

– Red de tierras general que abarcará toda la extensión de la SEP (excepto edificios) en conductor Cu-120 mm2. Las estructuras de soporte de aparamenta irán con conductor desnudo Cu-95 mm².

El presupuesto de la instalación, según el proyecto, es de 1.847.388,80 €.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 4 de junio de 2021

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña