En la sesión celebrada el día 2.6.2021, el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales, y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:
– Monte de Pico do Moroto (exp. 53/75), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Canedo; y monte Munxidoira, Travesa, Valdalousa, Carboeiro y Chao da Gándara (exp. 5/75), perteneciente a los vecinos de Airavella, Pumar y Rúa do Pozo, de la parroquia de Outara, ambos en el ayuntamiento de A Pobra do Brollón.
El 16.1.2020 fue presentada una solicitud (mejorada el 9.2.2021), firmada por el presidente de la comunidad de Canedo, relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de A Pobra do Brollón y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 12.3.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_2) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado.
El MVMC Pico do Moroto pasa a tener una superficie de 98 hectáreas; y el MVMC Munxidoira, Travesa, Valdalousa, Carbonero y Chao da Gándara, de 190 hectáreas.
– Monte de Cebres (exp. 30/77), perteneciente a los vecinos del lugar de León, en la parroquia de León; y monte de Portomarín (exp. 18/75), perteneciente a los vecinos de las parroquias de San Nicolao y San Pedro, ambos montes en el ayuntamiento de Portomarín.
El 22.7.2020 fue presentada una solicitud, firmada por el presidente de la comunidad de León, de aprobación del acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Portomarín y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 26.11.2020, el Servicio de Montes emite un informe (2020_31) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC Cebres pasa a tener una superficie de 44 hectáreas; y el MVMC Portomarín, de 373 hectáreas.
– Monte de Caxigal, Gándara, Cotón y Seara (exp. 27/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Páramo, en el ayuntamiento de Castroverde; y monte de Caxigal de San Martiño (exp. 15/78), perteneciente a los vecinos de los lugares Coedo, Seoane, Vilacorbe y Coto, en la parroquia de San Martiño de Folgosa, en el ayuntamiento de O Corgo.
El 19.10.2020 fue presentada una solicitud, firmada por la presidenta de la comunidad de Páramo, para la aprobación del acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de O Corgo y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 8.1.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_49) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC Caxigal, Gándara, Cotón y Seara pasa a tener una superficie de 152,69 hectáreas; y el MVMC Caxigal de San Martiño, de 131 hectáreas.
– Monte de Monte Redondo, Fonte do Marco y Pena Forcada (exp. 44/75), perteneciente a los vecinos de Lama da Villa, en la parroquia de Santo André; y monte de Monte Redondo y Serra da Escrita (exp. 99/75), perteneciente a los vecinos de Castiñeiras, Fonte do Cando y Santo André y Vilar, de la parroquia de Santo André, ambos montes en el ayuntamiento de As Nogais.
El 14.12.2020 fue presentada una solicitud, firmada por el presidente de la comunidad de Lama da Villa, para la aprobación del deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de As Nogais y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 9.2.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_58) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC de Monte Redondo, Fonte do Marco y Pena Forcada pasa a tener 133 hectáreas; el MVMC Monte Redondo y Serra da Escrita, de 366 hectáreas.
– Monte Xesto, Campo do Carballido, Porto do Río, Rego da Poltra, Veiga de Lamas, Cadramón y Monte Rubio (exp. 26/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Cadramón, en O Valadouro; y monte Testelo, Costa do Sol, Real y Xunto da Igrexa (exp. 123/77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Montouto, en Abadín.
El 17.11.2020 fue presentada una solicitud, firmada por el presidente de la comunidad de Cadramón, para la aprobación del acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Abadín y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 14.1.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_51) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC Xesto, Campo do Carballido, Porto do Río, Rego da Poltra, Veiga de Lamas, Cadramón y Monte Rubio pasa a tener una superficie de 2436 hectáreas; y el MVMC Testelo, Costa do Sol, Real y Xunto da Igrexa, de 1635 hectáreas.
– Monte Xesto, Campo do Carballido, Porto do Río, Rego da Poltra, Veiga de Lamas, Cadramón y Monte Rubio (exp. 26/79), pertenecientes a los vecinos de la parroquia de Cadramón, en O Valadouro; y monte Cabaleiro (exp. 82/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Silán, en Muras.
El 15.12.2020 fue presentada una solicitud (mejorada el 25.2.2021), firmada por el presidente de la comunidad de Cadramón, para la aprobación del acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Muras y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 29.3.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_62) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC Xesto, Campo do Carballido, Porto do Río, Rego da Poltra, Veiga de Lamas, Cadramón y Monte Rubio pasa a tener una superficie de 2445 hectáreas; y el MVMC Cabaleiro, de 144 hectáreas.
– Monte Xesto, Campo do Carballido, Porto do Río, Rego da Poltra, Veiga de Lamas, Cadramón y Monte Rubio (exp. 26/79), pertenecientes a los vecinos de la parroquia de Cadramón, en O Valadouro; y monte Tenente y Xistral (exp. 83/78), perteneciente a los vecinos de los lugares Porromeo, Restrebada, Forcós, Curro y otros de la parroquia de O Viveirón, en Muras.
El 15.12.2020 fue presentada una solicitud (mejorada el 25.2.2021), firmada por el presidente de la comunidad de Cadramón, para la aprobación del acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Muras y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 8.4.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_63) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC Xesto, Campo do Carballido, Porto do Río, Rego da Poltra, Veiga de Lamas, Cadramón y Monte Rubio pasa a tener una superficie de 2447 hectáreas; y el MVMC Tenente y Xistral, de 591 hectáreas.
– Monte Campos de Vila (exp. 27/73), pertenecientes a los vecinos de Campos de Vila, Lamela, Revide y Toca, en la parroquia de Hospital; monte Campodola (exp. 107/75), perteneciente a los vecinos de Campodola, en la parroquia de Hospital; y monte Campa y Ferreiriños (exp. 122/75), perteneciente a los vecinos de Arxubín y Barxa, de la parroquia de Hospital, todos ellos en el ayuntamiento de Quiroga.
El 21.12.2020 fue presentada una solicitud, firmada por el presidente de la comunidad de Campos de Vila, Lamela Revide y Toca, para la aprobación del acuerdo de deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Quiroga y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 18.5.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_67) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC Campos de Vila pasa a tener una superficie de 502 hectáreas; el MVMC Campodola, de 391 hectáreas; y el MVMC Campa y Ferreiriños, de 532 hectáreas.
– Monte A Pía-Valiña Longa (exp. 101/75), perteneciente a los vecinos de A Pía, en la parroquia de Noceda; y monte Valiña dos Bois-Searas do Couso do Coxo (exp. 105/75), perteneciente a los vecinos de Casas da Serra, de la parroquia de Noceda, ambos montes en el ayuntamiento de As Nogais.
El 14.12.2020 fue presentada una solicitud (mejorada el 30.3.2021), firmada por el presidente de la comunidad de A Pía, para la aprobación del deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de As Nogais y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 23.4.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_59) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC A Pía-Valiña Longa pasa a tener 158 hectáreas; el MVMC Valiña dos Bois-Searas do Couso do Coxo, 88 hectáreas.
– Monte A Pía-Valiña Longa (exp. 101/75), perteneciente a los vecinos de A Pía, en la parroquia de Noceda; y monte Ferreiras (exp. 102/75), perteneciente a los vecinos de Ferreiras, de la parroquia de Noceda, ambos montes en el ayuntamiento de As Nogais.
El 14.12.2020 fue presentada una solicitud, firmada por el presidente de la comunidad de A Pía, para la aprobación del deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de As Nogais y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 29.4.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_60) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC A Pía-Valiña Longa pasa a tener 155 hectáreas; y el MVMC Ferreiras, 146 hectáreas.
– Monte Brañas y Searas Doutro Lado (exp. 106/75), perteneciente a los vecinos de Brañas, en la parroquia de Noceda; y monte Ferreiras (exp. 102/75), perteneciente a los vecinos de Ferreiras, de la parroquia de Noceda, ambos montes en el ayuntamiento de As Nogais.
El 14.12.2020 fue presentada una solicitud, firmada por el presidente de la comunidad de Ferreiras, para la aprobación del deslinde llevado a cabo por avenencia entre dichas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aporta acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de As Nogais y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 18.5.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2020_61) en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde acordado. El MVMC Brañas y Searas Doutro Lado pasa a tener 184 hectáreas; y el MVMC Herreras, 156 hectáreas.
Contra estos acuerdos, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos (2) meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lugo, 17 de junio de 2021
María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Lugo