Advertido error en la citada resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 120, de 25 de junio de 2021, procede hacer las oportunas correcciones:
En la página 32198, en la base vigesimoprimera (primer párrafo), donde dice: «La persona beneficiaria deberá presentar en el Registro de la Agadic, teniendo de plazo máximo hasta el 15 de agosto de 2021, la cuenta justificativa de la realización del desarrollo del proyecto subvencionado, que contendrá la siguiente documentación:»; debe decir: «La persona beneficiaria deberá presentar en el Registro de la Agadic, teniendo de plazo máximo hasta el 15 de agosto de 2022, la cuenta justificativa de la realización del desarrollo del proyecto subvencionado, que contendrá la siguiente documentación:»
En la página 32200, en la base vigesimoprimera (último párrafo) donde dice: «Los gastos deberán corresponder al período subvencionable, que comprende desde el día 1 de enero de 2021 hasta la fecha máxima de justificación establecida en la convocatoria, 15 de agosto de 2021»; debe decir: «Los gastos deberán corresponder al período subvencionable, que comprende desde el día 1 de enero de 2021 hasta la fecha máxima de justificación establecida en la convocatoria, 15 de agosto de 2022».