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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Miércoles, 14 de julio de 2021 Pág. 35901

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

DECRETO 107/2021, de 1 de julio, por el que se transforman institutos de educación secundaria en centros integrados de formación profesional y se trasladan enseñanzas.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 31, establece que es competencia plena de la Comunidad Autónoma de Galicia la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, competencia que el Decreto 198/2020, de 20 de noviembre, atribuye a la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.

La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, define los centros integrados de formación profesional (CIFP) como centros en los que se imparten todas las ofertas formativas referidas al Catálogo nacional de cualificaciones profesionales que conduzcan a títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad y determina que su creación y autorización corresponderá a la administraciones en sus respectivos ámbitos de competencias.

El Real decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos que deben reunir los centros integrados de formación profesional, concibe estos centros como un instrumento para asegurar una nueva oferta integrada que capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y sirva de recurso formativo permanente a la población adulta para mejorar sus condiciones de empleabilidad.

El Decreto 266/2007, de 28 de diciembre, que regula los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia, establece como acciones formativas que se incluyen en estos centros las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción e reinserción laboral de las personas trabajadoras y las dirigidas a la formación permanente de la población trabajadora ocupada. En cuanto a la forma de creación de los CIFP, dicho decreto señala en su artículo 3 que podrán ser de nueva creación o proceder de la transformación de centros ya existentes.

En el curso 2020/21, el IES Leixa de Ferrol imparte enseñanzas de bachillerato en las modalidades de Ciencias y Humanidades y Ciencias Sociales, y ciclos formativos de las familias profesionales de Artes Gráficas, Sanidad y Servicios Socioculturales y a la Comunidad. El IES Fraga do Eume de Pontedeume imparte enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato en las modalidades de Ciencias y Humanidades y Ciencias Sociales, y ciclos formativos de la familia profesional de Hostelería y Turismo.

La mayor parte de la actividad formativa impartida en estos centros docentes y, por lo tanto, la mayoría del alumnado matriculado corresponden a enseñanzas de formación profesional; en realidad, el número de alumnado de educación secundaria tanto en el IES Leixa de Ferrol como en el IES Fraga do Eume de Pontedeume es muy inferior respecto al alumnado de formación profesional.

Asimesmo, tanto la localidad de Ferrol como la de Pontedeume disponen de una alternativa de escolarización adecuada y satisfactoria en las enseñanzas de educación secundaria, el IES de Catabois y el IES de Breamo, respectivamente; y además, la incorporación del alumnado procedente de los centros transformados presenta la ventaja de permitir ampliar y diversificar la oferta educativa en secundaria.

En el caso del IES Universidad Laboral de Culleredo, es un centro que imparte únicamente ciclos de formación profesional de las familias profesionales de Actividades Físicas y Deportivas, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua, Fabricación Mecánica, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento y Marítimo-Pesquera.

La transformación del IES Leixa de Ferrol, del IES Fraga do Eume de Pontedeume y del IES Universidad Laboral de Culleredo en centros integrados de formación profesional permite adaptar su sistema organizativo a su configuración actual, superando as estructuras propias de la enseñanza secundaria y sentando las bases para su reconocimiento como centros de referencia en enseñanzas de formación profesional.

Además, esta transformación permite reforzar las enseñanzas regladas de formación profesional que se ofertan en los centros y, al mismo tiempo, la posibilidad de ampliar y diversificar su oferta formativa a través de la incorporación de nuevos ciclos, de nuevas modalidades de impartición, de la formación a personas desempleadas y el establecimiento de sistemas de acreditación de competencias profesionales, contribuyendo de forma clave a fomentar la actividad emprendedora dentro de los niveles no universitarios del sistema educativo gallego, así como a la inserción y orientación laboral para el progreso en los distintos itinerarios formativos y profesionales.

Los centros resultantes de la transformación se incluyen en la Red de Centros Integrados de Formación Profesional de Galicia, canal fundamental en la consecución de soluciones formativas a los principales sectores de la economía y base para la formación profesional de calidad en nuestra comunidad autónoma.

Además del traslado de las enseñanzas de educación secundaria, derivado directamente de la transformación de los centros, en la localidad de Ferrol también se traslada el ciclo formativo de grado superior de Educación Infantil de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad del CIFP Ferrolterra al nuevo CIFP Leixa.

De conformidad con la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, el artículo 1.3 del Reglamento orgánico de los Institutos de educación secundaria, aprobado por el Decreto 324/1996, de 26 de julio, establece que la creación, supresión y transformación de estos centros docentes se realizará mediante decreto aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia.

Los centros integrados de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Galicia, según lo establecido por el Decreto 266/2007, de 28 de diciembre, serán además autorizados por la consellería competente en materia de educación y la consellería competente en materia de trabajo, previo dictamen del Consejo Gallego de Formación Profesional.

Por otro lado, y analizadas las necesidades educativas en la ciudad de Lugo y con la finalidad de mejorar la atención al alumnado, es necesario realizar el traslado de las enseñanzas del ciclo superior de Enseñanza y Animación Sociodeportiva del IES Nosa Señora dos Ollos Grandes al CIFP Politécnico de Lugo, optimizando de esta forma la oferta educativa de cada uno de los centros.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Universidad, previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día uno de julio de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo 1. Transformación de institutos de educación secundaria en centros integrados de formación profesional

Se transforman en centros integrados de formación profesional, incorporándose a la Red de Centros Integrados de Formación Profesional de Galicia, los siguientes centros:

– Instituto de Educación Secundaria Leixa de Ferrol (15021469).

– Instituto de Educación Secundaria Fraga do Eume de Pontedeume (15025682).

– Instituto de Educación Secundaria Universidad Laboral de Culleredo (15055749).

Artículo 2. Cambio de enseñanzas

1. Las enseñanzas de bachillerato del Instituto de Educación Secundaria Leixa de Ferrol (15021469) se trasladan al Instituto de Educación Secundaria de Catabois de Ferrol (15006687).

2. Las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y de bachillerato del Instituto de Educación Secundaria Fragas do Eume de Pontedeume (15025682) se trasladan al Instituto de Educación Secundaria Breamo de Pontedeume (15020556).

3. Se traslada el ciclo formativo de grado superior de educación infantil del Centro Integrado de Formación Profesional Ferrolterra de Ferrol (15006754), al Centro Integrado de Formación Profesional Leixa de Ferrol (15021469).

4. Se traslada el ciclo formativo de grado superior de Enseñanzas y Animación Sociodeportiva del Instituto de Educación Secundaria Nosa Señora do Ollos Grandes de Lugo (27006541) al Centro Integrado de Formación Profesional Politécnico de Lugo (27006516).

Disposición adicional única. Situación del profesorado de los centros

La Consellería de Cultura, Educación y Universidad determinará las necesidades y la situación del profesorado de los centros afectados por este decreto, en aplicación del Decreto 140/2006, de 31 de agosto, por el que se determinan los criterios de pérdida del destino definitivo por las funcionarias y funcionarios docentes que prestan servicios en los centros educativos que imparten enseñanzas distintas de las universitarias y el cómputo de antigüedad en el centro en función de las causas de acceso a él y demás normativa de aplicación.

Disposición final primera. Desarrollo normativo

Se faculta a la persona titular de la consellería para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para ejecutar y desarrollar este decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, uno de julio de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad