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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Martes, 3 de agosto de 2021 Pág. 39014

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

ORDEN de 23 de julio de 2021 por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, y se procede a su convocatoria y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios (código de procedimiento CO301B).

La Orden de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación de 8 de abril de 2021 (DOG núm. 69, de 14 de abril) establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, y procede a su convocatoria y a la apertura del plazo para la adhesión de los comercios.

El objetivo del programa bonos Activa comercio es incentivar la demanda comercial ayudando económicamente a las personas consumidoras y fomentar el consumo en los establecimientos comerciales minoristas adheridos a la campaña.

Además, el programa tiene como finalidades propiciar el fortalecimiento del sector comercial minorista de la Comunidad Autónoma de Galicia; dinamizar la actividad comercial promoviendo las compras de bienes en comercios; mejorar el fondo de maniobra de los establecimientos comerciales y reducir el impacto económico derivado del cese y de las restricciones de la actividad de determinados establecimientos comerciales a consecuencia de la situación ocasionada por la COVID-19.

Dada la repercusión positiva del programa en el fomento de las ventas y en la dinamización del comercio de proximidad gallego, se considera preciso modificar la antedicha orden a fin de que las personas usuarias puedan descargar y utilizar los bonos durante el período de rebajas y de vuelta al cole, incrementando la reactivación económica y el fortalecimiento del sector comercial minorista de Galicia.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación en materia de comercio interior, y en el ejercicio de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1

Se modifica el párrafo 2 del artículo 5 de las bases reguladoras, que queda redactado en los siguientes términos:

Las ventas subvencionadas serán las realizadas hasta el 31 de octubre de 2021.

Artículo 2

Se modifica el artículo 16 de las bases reguladoras, que queda redactado en los siguientes términos:

1. Cada persona beneficiaria dispondrá de un único bono, que podrá ser usado en uno o varios de los comercios minoristas adheridos al programa.

2. Cada bono tendrá un valor de 30 €. En función del importe de las compras, podrán obtenerse los siguientes descuentos:

– Descuento de 5 € en compras iguales o superiores a 30 € e inferiores a 50 €.

– Descuento de 10 € en compras iguales o superiores a 50 €.

Todas estas cuantías se entienden con el IVA incluído.

3. El período de validez de los bonos se extenderá hasta el 31 de octubre de 2021, salvo agotamiento previo de su saldo.

4. A través de la plataforma tecnológica del programa, los comerciantes tendrán a su disposición la información necesaria y podrán consultar el histórico de las ventas, los bonos ya canjeados, los abonos hechos por la entidad colaboradora y los demás detalles de cada operación.

5. En caso de devolución del bien o bienes comprados, el importe de la compra podrá ser canjeado por otra compra de precio igual o superior o por un bono sin caducidad por el importe correspondiente. El comerciante no podrá abonar al consumidor, en ningún caso, dinero en efectivo o en la tarjeta de crédito.

6. No será aplicable el canje de los bonos para las compras en línea.

Artículo 3

Se modifica el párrafo 1 del artículo 17 de las bases reguladoras, que queda redactado en los siguientes términos:

Los bonos estarán disponibles en la web https://www.bonosactivacomercio.gal para su descarga por los usuarios a partir de 3 de mayo de 2021 y su validez se extenderá hasta el 31 de octubre de 2021.

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de julio de 2021

Francisco José Conde López
Vicepresidente segundo y conselleiro de Economía,
Empresa e Innovación