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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Jueves, 5 de agosto de 2021 Pág. 39344

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2021 por la que se amplía el plazo de ejecución de los proyectos y de presentación de la solicitud de cobro de la Resolución de 9 de enero de 2020 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior de las empresas gallegas (Galicia Exporta Empresas), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

En el DOG núm. 19, de 29 de enero de 2020, se publicó la Resolución de 9 de enero de 2020 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior de las empresas gallegas (Galicia Exporta Empresas), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

En esta resolución, en el punto quinto, se establecía que el plazo de ejecución de los proyectos no podrá exceder del 15 de noviembre de 2020 para las solicitudes con acciones a realizar hasta esta fecha, y del 30 de junio de 2021 para solicitudes con acciones a realizar hasta esta fecha. Estas dos fechas, en cada caso, son las últimas fechas admisibles de facturación y pago. Dentro de este plazo de ejecución se deberá presentar la solicitud de cobro. Las acciones realizadas entre el 16 de noviembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2020 podrán ser imputadas al 2021.

Mediante la Resolución de 16 de junio de 2020 (DOG núm. 118, de 17 de junio) se amplió el plazo de ejecución de los proyectos y de la solicitud de cobro hasta el 30 de noviembre de 2021 para las solicitudes con acciones a realizar hasta esta fecha, por lo que es esta la fecha última admisible de facturación y pago.

Toda vez que la persistencia de la situación mundial provocada por la emergencia sanitaria de la COVID-19 motivó la cancelación a nivel internacional de numerosos eventos promotores y viajes de prospección, y afectó considerablemente la ejecución normal de los programas de internacionalización de las empresas, impidiendo en ocasiones su realización y quedando en otras ocasiones pospuestos para fechas futuras; y considerando que, ante el creciente índice de vacunación y la merma en el grado de incidencia del virus, se han pospuesto múltiples eventos expositivos hasta el último trimestre del año 2021, incluido el mes de diciembre, esto tiene una repercusión directa en el desarrollo de los proyectos de internacionalización de las empresas apoyadas por el programa Galicia Exporta Empresas 2020.

Con la intención de mitigar los perjuicios ocasionados por esta circunstancia y apoyar los esfuerzos realizados por las empresas en la internacionalización de estas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y dado que no se causan perjuicios a terceros,

RESUELVO:

Artículo 1

Fijar en el 15 de diciembre de 2021 la fecha límite de ejecución de los proyectos, establecida en el punto quinto de dicha resolución, para las solicitudes con acciones a realizar hasta esta fecha. Esta fecha es la fecha última admisible de facturación y pago. Dentro de este plazo de ejecución se deberá presentar la solicitud de cobro.

Artículo 2

Esta modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de julio de 2021

Fernando Guldrís Iglesias
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica