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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Jueves, 12 de agosto de 2021 Pág. 40339

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

ORDEN de 4 de agosto de 2021 por la que se clasifica de interés cultural, educativo, medio ambiental y de promoción de los valores constitucionales, estatuarios y de defensa de los principios democráticos la Fundación La Toja.

Una vez examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación La Toja con domicilio en el Gran Hotel La Toja, calle Condesa, número 2, en A Illa da Toxa (O Grove-Pontevedra).

Hechos:

1. El 7 de julio, Amancio López Seijas, en su condición de presidente del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación La Toja la constituyó Amancio López Seijas, mediante escritura pública otorgada en Barcelona el 14 de junio de 2021, ante el notario Antonio Bosch Carrera, con número de protocolo 1.323.

3. Según consta en el artículo 5 de sus estatutos, la fundación tiene por objeto:

– La defensa de los valores y los principios de la democracia liberal.

– La difusión de la cultura tanto local, de la Comunidad Autónoma de Galicia, como de la cultura ibérica en todo el mundo, especialmente en el ámbito atlántico.

– La formación integral de las personas. La mejora en la educación de las personas.

– La sostenibilidad del territorio, preferentemente dentro del territorio de Galicia; el cuidado del medio ambiente; la conservación de la flora y fauna, especialmente en Galicia y la conservación de todos los entornos, en concreto, del entorno rural.

4. El patronato inicial de la fundación está formado por Amancio López Seijas, como presidente; Pedro Ferreras Díez, como secretario; Ana María Sanjurjo Fernández, Marina López Sanjurjo y Clara López Sanjurjo, como vocales.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Turismo propuesta de clasificación como de interés cultural, educativo, medioambiental y de promoción de los valores constitucionales, estatuarios y de defensa de los principios democráticos de la Fundación La Toja, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés cultural, educativo, medio ambiental y de promoción de los valores constitucionales, estatuarios y de defensa de los principios democráticos y su adscripción a la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, le corresponde a esta Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 26 de julio de 2021.

DISPONGO:

Clasificar de interés cultural, educativo, medio ambiental y de promoción de los valores constitucionales, estatuarios y de defensa de los principios democráticos la Fundación La Toja, adscribiéndola al protectorado de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con el dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante lo mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 4 de agosto de 2021

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia,
Justicia y Turismo