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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Viernes, 13 de agosto de 2021 Pág. 40534

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 3 de agosto de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la obtención de los permisos de conducción clases B y C a la juventud gallega, dirigidas a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento BS321A).

BDNS (Identif.): 579142.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas jóvenes que en la fecha de presentación de la solicitud cumplan los siguientes requisitos:

a) Hayan cumplido los 18 años, sin perjuicio de la edad mínima para la obtención del permiso clase C, y no superen la edad máxima que establezca la normativa vigente del Sistema nacional de garantía juvenil (SNGJ), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

b) Estén empadronadas en la Comunidad Autónoma de Galicia con una antigüedad mínima de un año.

c) Estén inscritas en el SNGJ y figuren como personas beneficiarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Estén matriculadas en una autoescuela de la Comunidad Autónoma de Galicia en el momento de presentar la solicitud o bien tengan el/los permisos para el/los que se solicita la ayuda con fecha de expedición entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la obtención de los permisos de conducción clases B y C por parte de las personas jóvenes residentes en Galicia, con la finalidad de mejorar su autonomía, movilidad y su empleabilidad, y proceder a su convocatoria para el año 2021.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 3 de agosto de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la obtención de los permisos de conducción clases B y C a la juventud gallega, dirigidas a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento BS321A).

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 761.780,00 euros, cofinanciada por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo con un porcentaje del 91,89 %, dentro del Programa operativo de empleo juvenil, en el objetivo temático 8, eje prioritario 5, prioridad de inversión 8.2, objetivo específico 8.2.2, medida 8.2.2.8.

El importe de la ayuda será de 400 euros para la obtención del permiso de conducción clase B y de 650 € para el permiso clase C.

El importe de la ayuda será acumulativo en caso de que una misma persona solicite ayuda para la obtención de ambos permisos objeto de la orden.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, al no ser necesario realizar la comparación y prelación de las solicitudes presentadas, concediéndose a todas aquellas personas solicitantes que reúnan los requisitos exigidos. Si el presupuesto previsto en la orden no es suficiente para proceder al pago de todas las ayudas solicitadas, se aplicará como criterio de prioridad la fecha de presentación.

El gasto subvencionable es la suma a tanto alzado de obtención de los permisos de conducción objeto de la orden. La justificación del coste de obtención del/de los permiso/s de conducción y de su pago se harán conforme a la regulación de costes simplificados, en función de la justificación de la obtención del/de los permiso/s de conducción objeto de la solicitud.

La justificación de la ayuda se presentará con fecha límite de 15 de diciembre de 2021.

Santiago de Compostela, 3 de agosto de 2021

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social