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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Martes, 31 de agosto de 2021 Pág. 43319

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria

RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2021 por la que se modifica la Resolución de 3 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2021.

El 18 de febrero de 2021, la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria publicó la Resolución de 3 de febrero de 2021 (DOG núm. 33, de 18 de febrero) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2021.

El artículo 7 de la Resolución de 3 de febrero de 2021, relativo a la financiación de las ayudas, detalla la aplicación presupuestaria, el importe previsto y su distribución por anualidades. Dichas ayudas se encuadran en la medida 16 de cooperación, correspondiendo con la submedida 16.20, ayudas para el apoyo de proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el sector agroforestal.

Para la financiación de las ayudas convocadas en virtud de la Resolución de 3 de febrero de 2021 fue preciso asignar los importes para cada una de las anualidades. Una vez examinadas las solicitudes presentadas dentro de esta línea de ayudas, las actuaciones que se podrían desarrollar para el cumplimiento del objetivo de apoyo a la innovación agroforestal y la ejecución de un mayor número de proyectos exigen la redistribución de los importes iniciales entre las anualidades de la ayuda que financia esta convocatoria de subvenciones. Este reajuste de anualidades redundará, así, en beneficio del sector y de los colectivos destinatarios.

En el artículo 22 de la Resolución de 3 de febrero de 2021 se establece que las entidades beneficiarias tendrán hasta el 1 de octubre para presentar la documentación justificativa de la subvención en la anualidad 2021. Teniendo en cuenta que la resolución de estas ayudas no se produjo en el plazo indicado en el artículo 18 de las bases reguladoras, motivada por el elevado número de solicitudes y el largo proceso de evaluación y resolución, con el fin de hacer viables los procesos de ejecución y justificación de las inversiones, sin que con ello se cause perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de justificación.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en el uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y demás normativa concurrente,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la Resolución de 3 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el apoyo de proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2021

Se modifica el párrafo primero del punto 1 del artículo 7, que queda redactado de la siguiente manera:

«La financiación de las iniciativas de cooperación seleccionadas al amparo de esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 14.A2.561A.770.0, código de proyecto 201600217, por un valor total de 2.250.000,00 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 339.500,00 euros en 2021, 1.167.500,00 euros en 2022 y 743.000,00 euros en 2023».

Artículo 2. Ampliación del plazo de ejecución y justificación

Se amplía hasta el 1 de noviembre de 2021 (incluido) el plazo para ejecutar y justificar estas ayudas en la primera anualidad.

La modificación objeto de la presente resolución, de modificación de la Resolución de 3 de febrero de 2021, no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de agosto de 2021

José Luis Cabarcos Corral
Director de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria