Después de intentar en tiempo y forma la práctica de la notificación de los actos que se relacionan en el anexo sin que haya sido posible por causas no imputables a la Administración, teniendo en cuenta que la publicación de su contenido íntegro puede lesionar derechos e intereses legítimos, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifican a través de este anuncio las resoluciones dictadas en los procedimientos de conformidad con lo establecido en la Orden de 28 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la tarjeta Benvida (procedimiento BS403B), para las familias con hijas e hijos nacidos en el año 2021 (Diario Oficial de Galicia núm. 11, de 19 de enero).
A estos efectos, se emplaza a las personas interesadas que figuran en dicho anexo, por sí o a través de sus representantes legales, para que comparezcan en el plazo máximo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Servicio de Conciliación Familiar de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica (Edificio Administrativo San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, donde tendrán a su disposición los expedientes para conocer el contenido íntegro del acto que se notifica.
Si la persona interesada no comparece en dicho plazo, la notificación se entenderá producida el día del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, aunque la notificación estará sujeta a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Se advierte que las resoluciones recaídas en estos procedimientos agotan la vía administrativa y que contra ellas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, puede interponerse el recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, practicada por comparecencia. Potestativamente, y con anterioridad a la interposición del referido recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponerse recurso de reposición, ante la conselleira de Política Social, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, practicada por comparecencia.
Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2021
Jacobo Rey Sastre
Director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica
ANEXO
Resoluciones denegatorias (procedimiento BS403B)
Persona interesada DNI/NIE/pasaporte |
Núm. de expediente |
Acto administrativo y fecha |
44968016A |
BS403B-2021-00000048 |
Resolución de 23.6.2021 |
32727199Q |
BS403B-2021-00000557 |
Resolución de 23.6.2021 |
33540822Z |
BS403B-2021-00000807 |
Resolución de 29.7.2021 |
46903311D |
BS403B-2021-00000809 |
Resolución de 29.7.2021 |
36159582V |
BS403B-2021-00001481 |
Resolución de 29.7.2021 |
79328181P |
BS403B-2021-00001491 |
Resolución de 29.7.2021 |
34989694R |
BS403B-2021-00002099 |
Resolución de 5.8.2021 |
09449177H |
BS403B-2021-00002166 |
Resolución de 29.7.2021 |
76811774P |
BS403B-2021-00002179 |
Resolución de 29.7.2021 |
33999849F |
BS403B-2021-00002804 |
Resolución de 29.7.2021 |
35572610M |
BS403B-2021-00002932 |
Resolución de 29.7.2021 |
09429941X |
BS403B-2021-00003223 |
Resolución de 29.7.2021 |
34270458K |
BS403B-2021-00003281 |
Resolución de 5.8.2021 |
53612811H |
BS403B-2021-00004189 |
Resolución de 5.8.2021 |
15485262Y |
BS403B-2021-00005273 |
Resolución de 29.7.2021 |