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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Jueves, 23 de septiembre de 2021 Pág. 46770

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDICTO de 7 de septiembre de 2021, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución del expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Da Costa, a favor de los vecinos y vecinas de A Costa, en la parroquia de Cusanca (San Cosmede), en el ayuntamiento de O Irixo (Ourense).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión celebrada en fecha 23 de junio de 2021, adoptó la siguiente resolución:

Examinado el expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Da Costa, a favor de los/las vecinos/as de A Costa, en la parroquia de Cusanca (San Cosmede), en el ayuntamiento de O Irixo (Ourense), resultan los siguientes hechos:

Primero. En fecha 5 de marzo de 2018 tuvo entrada en el registro de la Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural escrito dirigido al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Dolores Dacosta Fernández, en el que solicitaba la clasificación como vecinal en mano común de varias parcelas denominadas Da Costa, a favor de los/las vecinos/as de A Costa, en la parroquia de Cusanca (San Cosmede), en el ayuntamiento de O Irixo (Ourense).

Segundo. En fecha 4 de febrero de 2020, el Jurado Provincial acuerda iniciar el expediente de clasificación como vecinal en mano común del referido monte, designando instructor y realizando las comunicaciones y publicaciones a las que hacen referencia los artículos 20, 21 y 23 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, abriendo un período de un mes para la práctica de alegaciones.

Tercero. En el plazo concedido para la práctica de alegaciones no consta que se hubiese presentado ninguna.

Cuarto. El monte objeto de clasificación, de acuerdo con la documentación obrante en el expediente, se describe así:

Nombre del monte: Da Costa.

Superficie: 28,09 ha, según IVG con CSV: QCNA4QXCHMJFWZGH.

Pertenencia: vecinos/as de A Costa.

Parroquia: Cusanca (San Cosmede).

Municipio: O Irixo.

Descripción de las parcelas que constituyen el monte:

Se considera que los terrenos objeto de la solicitud constituyen siete cotos redondos, según la definición que figura en el artículo 8 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, ya que en una de las fincas la continuidad de su superficie únicamente se ve afectada por un camino.

La descripción de los terrenos a clasificar, según IVG con CSV: QCNA4QXCHMJFWZGH, es la siguiente:

Finca nº 1: Laceira de Arriba (parcela resultante denominada PARCELA_0005).

Superficie: 55.723 m2.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindero

Referencia catastral

32036A00700236 (una parte de la parcela)

Norte

32036A00700387

32036A00700244

32036A00700245

32036A00700249

32036A00700250

32036A00700253

32036A00700388

32036A00700264

32036A00700265

32036A00700266

32036A00700267

32036A00700254

32036A00700258

32036A00700259

32036A00700260

32036A00700261

32036A00700262

32036A00700263

32036A00702107

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindero

Referencia catastral

Este

32036A00709008

Sur

PARCELA_0006 (parte de la 32036A00700236)

Oeste

32036A00709039

PARCELA_0006 (parte de la 32036A00700236)

Finca nº 2: Laceira de Abajo (parcela resultante denominada PARCELA_0004).

Superficie: 9.144 m2.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindero

Referencia catastral

32036A00700236 (una parte de la parcela)

Norte y oeste

PARCELA_0006 (parte de la 32036A00700236)

Este

32036A00709018

Sur

32036A00701095

Finca nº 3: Coto do Medio (parcela resultante denominada PARCELA_0017).

Superficie: 105.935 m2.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindero

Referencia catastral

32036A00800001 (una parte de la parcela)

Norte y oeste

PARCELA_0001 (parte de la 32036A00800001)

Este

32036A00809007

32036A00800101

32036A00800114

32036A00800117

32036A00800119

32036A00800120

32036A00800123

32036A00800124

32036A00800127

32036A00800128

32036A00800140

32036A00800142

32036A00800146

32036A00800147

32036A00800151

32036A00800152

32036A00800104

32036A00800105

32036A00800106

32036A00800109

32036A00800110

32036A00800113

32036A00800131

32036A00800132

32036A00800135

32036A00800136

32036A00800139

Sur

PARCELA_0001 (parte da 32036A00800001)

32036A00800775

32036A00800777

Finca nº 4: Fonte Lousiña (parcela resultante denominada PARCELA_0015).

Superficie: 55.531 m2.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindero

Referencia catastral

32036A00800266 (una parte de la parcela)

Norte

32036A00800222

32036A00800223

32036A00800224

32036A00800225

32036A00800226

32036A00800232

32036A00800231

32036A00800235

32036A00800236

32036A00800194

32036A00800195

32036A00800196

32036A00800197

32036A00800198

32036A00800199

32036A00800201

32036A00800202

32036A00800203

32036A00800204

32036A00800205

32036A00800206

32036A00800207

32036A00800208

32036A00800209

32036A00800210

32036A00800211

32036A00800212

32036A00800213

32036A00800214

32036A00800215

32036A00800216

32036A00800217

32036A00800219

32036A00800220

32036A00800221

Este

PARCELA_0016 (parte de la 32036A00800266)

32036A00800769

32036A00800770

32036A00800771

Sur

PARCELA_0014 (parte de la 32036A00800266)

Finca nº 5: Os Penedos da Costa (parcela resultante denominada PARCELA_0002).

Superficie: 23.105 m2.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindero

Referencia catastral

32036A00800266 (una parte de la parcela)

Norte y este

PARCELA_0014 (parte de la 32036A00800266)

Sur

32036A00800755

32036A00800756

32036A00800758

32036A00800759

32036A00800763

32036A00800764

32036A00800765

32036A00800766

32036A00800767

32036A00800768

Oeste

32036A00809008

32036A00800183

32036A00800184

32036A00800185

Finca nº 6: Carballo do Río (parcela resultante denominada PARCELA_0009).

Superficie: 8.906 m2.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindero

Referencia catastral

32036A00801669

Norte

32036A00801706

32036A00801682

Este

32036A00801707

32036A00801722

32036A00801730

32036A00801731

32036A00809017

32036A00809004

Sur

32036A00801668

Oeste

32036A00801667

32036A00801670

32036A00801671

32036A00801672

32036A00801673

32036A00801807

Finca nº 7: As Coireiras da Costa (parcelas resultantes denominadas PARCELA_0010 y PARCELA_0012).

Superficie: 22.519 m2.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Lindero

Referencia catastral

32036A00801801 (una parte de la parcela)

32036A00900528 (una parte de la parcela)

Norte

32036A00801750

32036A00801751

32036A00801752

32036A00801753

32036A00801754

32036A00801755

32036A00801759

32036A00801760

32036A00801761

32036A00801762

32036A00801749

32036A00801764

32036A00801765

32036A00801769

32036A00801763

32036A00809004

Este

PARCELA_0013 (parte de la 32036A00801801)

PARCELA_0018 (parte de la 32036A00900528)

Sur

32036A00900530

32036A00900531

32036A00900532

32036A00900533

32036A00900537

32036A00900538

32036A00900543

32036A00900544

32036A00900545

32036A00900546

32036A00900547

32036A00900548

32036A00901095

32036A00901100

32036A00901101

Oeste

PARCELA_0018 (parte de la 32036A00900528)

32036A00900549

Esta finca está atravesada por el camino con la referencia catastral 32036A00809004.

Fundamentos de derecho:

Primero. El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común es el órgano competente para conocer los expedientes de clasificación de los montes que tengan tal carácter, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de dicha ley «son montes vecinales en mano común... los que, con independencia de su origen, sus posibilidades productivas, su aprovechamiento actual y su vocación agraria, pertenezcan a agrupaciones vecinales en su calidad de grupos sociales y no como entidades administrativas, y se vengan aprovechando consuetudinariamente en régimen de comunidad sin asignación de cuotas por los miembros de aquellas en su condición de vecinos».

Tercero. Es reiterada doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que son dos las notas características de los montes vecinales en mano común: una, el aprovechamiento consuetudinario en mano común, y otra, la atribución de la titularidad del aprovechamiento a los vecinos integrantes de un grupo social determinado, independientemente de su calificación o no como entidad administrativa, correspondiendo constatar el aprovechamiento y atribuir la titularidad a favor del grupo social que lo venga disfrutando al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense.

Cuarto. El carácter de monte vecinal en mano común se acredita mediante los testimonios de los vecinos solicitantes, las actuaciones realizadas por el Servicio de Montes y la documentación que consta en el expediente.

En consecuencia con lo que antecede, examinada la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, su reglamento, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, el Decreto 149/2018, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y demás normativa legal y reglamentaria, el Jurado Provincial, por unanimidad de sus miembros,

RESUELVE:

Clasificar como monte vecinal en mano común el monte denominado Da Costa, a favor de los/las vecinos/as de A Costa, en la parroquia de Cusanca (San Cosmede), en el ayuntamiento de O Irixo (Ourense), de acuerdo con la descripción realizada en el hecho cuarto.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley 13/1989, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 7 de septiembre de 2021

Luis Jorge Álvarez Ferro
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Ourense