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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Jueves, 30 de septiembre de 2021 Pág. 47847

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 21 de septiembre de 2021 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a servicios modulares de asesoramiento especializado a empresas gallegas prestados por entidades colaboradoras (programa Re-acciona COVID-19), susceptible de ser financiada en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2021 (código de procedimiento IG402A).

BDNS (Identif.): 585204.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) Que desarrollen su actividad en Galicia, por lo menos en un centro de trabajo.

b) Que, teniendo la condición de pyme según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, cuenten con un número total de empleados o socios trabajadores no inferior a 3.

c) Que su facturación en el ejercicio 2020 sea inferior a la facturación del ejercicio anterior 2019 por lo menos en un 10 %.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto aprobar las condiciones por las cuales se regirá la concesión de ayudas destinadas a facilitar la ejecución de un conjunto de servicios profesionales por parte de entidades colaboradoras previamente seleccionadas mediante la Resolución de 25 de agosto de 2021 DOG nº 169, de 2 de septiembre, y publicadas en la página del Igape http://reacciona.igape.es/reacciona-covid19

Los servicios para los que se podrá conceder ayuda son los siguientes:

a) Reestructuración financiera y adecuación de estados financieros tras el impacto de la COVID-19 y los nuevos modelos de negocio.

b) Preparación para la transmisión o adquisición de unidades productivas.

c) Elaboración, adaptación e implementación de planes estratégicos de internacionalización de la empresa o sector al nuevo escenario internacional.

d) Análisis de mercados internacionales concretos en relación a la nueva situación motivada por la emergencia sanitaria COVID-19 y las necesidades específicas del solicitante de cara a la apertura o permanencia en dicho mercado.

e) Consultoría relacionada con la implementación de metodologías de trabajo y procesos acordes a los principios de la economía circular.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 21 de septiembre de 2021 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a servicios modulares de asesoramiento especializado a empresas gallegas prestados por entidades colaboradoras (programa Re-acciona COVID-19), susceptible de ser financiada en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2021 (código de procedimiento IG402A).

Cuarto. Importe

El crédito disponible para concesión en esta convocatoria se abonará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias y con los siguientes importes y distribución plurianual:

Partida presupuestaria 06.A1.741.A.7700: 2.500.000 € con cargo al año 2021 y 500.000 € con cargo al año 2022.

Partida presupuestaria 06.A1.741.A.7810: 500.000 € con cargo al año 2021 y 100.000 € con cargo al año 2022.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y terminará el 15 de noviembre de 2021, salvo que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Santiago de Compostela, 21 de septiembre de 2021

Patricia Villajos Grande
Gerente del Instituto Gallego de Promoción Económica