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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 193 Miércoles, 6 de octubre de 2021 Pág. 48778

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 129/2021, de 23 de septiembre, por el que se declara en concreto la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible. Itinerario peatonal y ciclista en la AC-213 en A Telva (puntos kilométricos 1+840-2+340), de clave AC/20/009.06.1, en los ayuntamientos de Cambre y Culleredo (A Coruña).

Antecedentes:

Primero. El día 12 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 89) el Anuncio de 23 de abril de 2021 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible. Itinerario peatonal y ciclista en la AC-213 en A Telva (puntos kilométricos 1+840-2+340), de clave AC/20/009.06.1, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados.

Segundo. Tras los análisis de los informes y certificados presentados, el 10 de septiembre de 2021 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible. Itinerario peatonal y ciclista en la AC-213 en A Telva (puntos kilométricos 1+840-2+340), de clave AC/20/009.06.1.

El objeto del proyecto es la ejecución de dos sendas en el margen de la carretera AC-213 en los municipios de Cambre y Culleredo (A Coruña), diferenciándose dos itinerarios:

• Senda peatonal entre el núcleo del Burgo y Os Campóns, donde enlaza con la carretera DP-1702.

• Senda diferenciada, peatonal y ciclista, entre O Burgo y A Telva: discurre en paralelo al río Mero hasta A Telva, continuando por la senda existente en el polígono de Alvedro hasta la carretera N-550.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros en el ámbito de la administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de septiembre de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible. Itinerario peatonal y ciclista en la AC-213 en A Telva (puntos kilométricos 1+840-2+340), de clave AC/20/009.06.1.

Santiago de Compostela, veintitrés de septiembre de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad