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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 29 de octubre de 2021 Pág. 53177

III. Otras disposiciones

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2021, conjunta de la Secretaría General de Política Lingüística y de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, por la que se declaran actuaciones administrativas automatizadas.

El Decreto 198/2020, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad señala, en su artículo 27, que la Secretaría General de Política Lingüística es el órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de promoción y enseñanza de la lengua gallega, y de dirección, planificación, coordinación y ejecución de la política lingüística de la Xunta de Galicia, y que tiene como objetivos impulsar el desarrollo y la aplicación de la legislación derivada del artículo 5 del Estatuto de autonomía de Galicia.

Bajo la dirección de la Secretaría General de Política Lingüística, se desarrolla la coordinación y gestión de los planes y programas de formación y de acreditación de competencia en materia de lengua gallega, así como de las actividades de formación y promoción del gallego. De acuerdo con esto, le corresponde convocar y administrar las pruebas y expedir los certificados que acreditan su conocimiento, así como gestionar las validaciones y solicitudes de reconocimiento de certificaciones de cursos y otras actividades de formación y normalización de la lengua gallega. Asimismo, le compete la organización de cursos, seminarios o jornadas formativas, así como la autorización y homologación de cursos y otras actividades de formación de lengua gallega y/o de lenguajes específicos y la gestión de las certificaciones de aptitud del alumnado, cuando proceda.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, (en adelante Ley 40/2015), integra las materias que demandaban una regulación unitaria de las relaciones ad intra de cada Administración y de las relaciones entre ellas, como la firma y las sedes electrónicas, el intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación y la actuación administrativa automatizada.

El artículo 41.1 de la Ley 40/2015 define actuación administrativa automatizada como cualquier acto o actuación realizado íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la cual no hubiera intervenido de forma directa un empleado público.

El artículo 41.2 de dicha ley determina que «en caso de actuación administrativa automatizada, se deberá establecer previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la de- finición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación».

La Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, establece en el artículo 76.4 que las actuaciones administrativas automatizadas deberán declararse mediante una resolución conjunta del órgano competente para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente, así como del órgano responsable a efectos de impugnación. En esta resolución se especificará la identificación de dichos órganos y los sistemas de firma utilizados, en su caso, para a la actuación administrativa automatizada. Asimismo, el artículo 76.5 indica que se publicará en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y en el «Diario Oficial de Galicia» el texto íntegro de las resoluciones indicadas en el apartado anterior.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Declarar las siguientes actuaciones administrativas automatizadas a través de sistemas de información en el ámbito de la formación y acreditación en materia de lengua gallega de la Secretaría General de Política Lingüística:

a) Emisión de certificados de lengua gallega (Celga) por la superación de las pruebas correspondientes.

b) Emisión de resoluciones y certificados de lengua gallega (Celga) por la acreditación de los requisitos necesarios para la validación de estudios.

c) Emisión de certificados de superación de cursos de lenguaje administrativo y jurídico gallegos.

d) Emisión de certificados de superación de otras acciones formativas.

Segundo. Los órganos responsables en relación con las actuaciones administrativas automatizadas relacionadas en el apartado anterior:

a) La Secretaría General de Política Lingüística como órgano responsable de la definición de las especificaciones de estas actuaciones administrativas automatizadas.

b) La Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia como órgano responsable de la programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente.

c) La Secretaría General de Política Lingüística como órgano responsable a los efectos de impugnación.

Tercero. Autorizar a la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia a utilizar el sello electrónico denominado «SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA» para firmar las actuaciones administrativas automatizadas declaradas en esta resolución y a realizar las tareas técnicas precisas para su implantación efectiva en los sistemas automatizados que dan soporte a las actuaciones y procedimientos mencionados.

Cuarto. Autorizar a la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia para la renovación del sello electrónico «SECRETARÍA XERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA» siempre y cuando continúen vigentes las actuaciones administrativas automatizadas declaradas en esta resolución.

Quinto. La presente resolución producirá efectos desde el día de su firma y se publicará en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2021

Valentín García Gómez
Secretario General de Política Lingüística

Mar Pereira Álvarez
Directora de la Agencia para a Modernización Tecnológica de Galicia