Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 29 de octubre de 2021 Pág. 53183

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2021 por la que se amplía el plazo de justificación previsto en la Resolución de 27 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece su convocatoria para el año 2021, que serán susceptibles de financiación en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento TU503A).

El 4 de febrero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 23 la Resolución de 27 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para a concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece su convocatoria para el año 2021, que serán susceptibles de financiación en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento TU503A).

Dicha resolución tiene por objeto fijar las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones, para la mejora de las infraestructuras turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la incentivación para la mejora de las infraestructuras de los establecimientos de alojamiento turístico y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia. El artículo 20 establece que para cobrar la subvención concedida, el beneficiario tendrá de plazo hasta el 31 de octubre de 2021 para presentar la documentación justificativa de la ejecución del proyecto.

En el presente procedimiento de concesión de ayudas se están registrando numerosas solicitudes de prórroga por parte de los beneficiarios, motivadas por las dificultades existentes para ejecutar y justificar las inversiones subvencionadas en las referidas fechas límite, debido a los retrasos originados en los plazos de entrega de los equipamientos por parte de las empresas suministradoras y, además, no existe la posibilidad de causar perjuicios a terceros.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 20, de 29 de enero), establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

Por otro lado, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), en el que se indica que la ampliación podrá acordarse de oficio o a instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Ampliar el plazo de justificación de los proyectos presentados al amparo de la Resolución de 27 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece su convocatoria para el año 2021, que serán susceptibles de financiación en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento TU503A) al 15 de noviembre de 2021.

Santiago de Compostela, 28 de octubre de 2021

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia