A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.
Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.
El Ayuntamiento de Pazos de Borbén solicitó el día 4.2.2021 a la Diputación Provincial de Pontevedra la transferencia a su favor del tramo antiguo de la carretera provincial EP-2908 Arcade-Amoedo. Se trata de un tramo de 98 metros de longitud en el lugar de Mogos, en el municipio de Pazos de Borbén, que ya no forma parte del itinerario principal de la carretera provincial EP-2908 Arcade-Amoedo de 12.123 metros de longitud total y que discurre por los ayuntamientos de Pazos de Borbén y Soutomaior.
El Pleno de la Diputación Provincial de Pontevedra en sesión celebrada el día 30.4.2021 aceptó el cambio de titularidad propuesto.
La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, indica que la carretera EP-2908 cumple con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de las administraciones de menor ámbito territorial, por lo que se formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiuno de octubre de dos mil veintiuno,
DISPONGO:
Artículo 1
Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Pazos de Borbén de:
Clave |
Denominación |
Pki |
Pkf |
Margen |
Tramo antiguo de la EP-2908 |
Arcade-Amoedo |
11+660 |
11+740 |
Derecho |
Artículo 2
En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Pazos de Borbén deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.
Artículo 3
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre ayuntamiento y diputación.
Artículo 4
Corresponderán al Ayuntamiento de Pazos de Borbén, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.
Disposición final
El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veintiuno de octubre de dos mil veintiuno
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad