En sesión que tuvo lugar el día 2 de noviembre de 2021, la Comisión nombrada por la Resolución de 17 de julio de 2020, modificada por la Resolución de 20 de julio de 2021 (DOG núm. 152, de 30 de julio de 2020, y 145, de 30 de julio de 2021) para calificar el proceso que se cita en el sumario, convocado por la Resolución de 12 de mayo de 2021 (DOG núm. 94, de 21 de mayo) para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal laboral fijo del V Convenio colectivo del personal laboral de la Xunta de Galicia perteneciente a diversas categorías, mediante su cambio de vínculo jurídico,
ACORDÓ:
Primero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1 de la resolución de convocatoria, superaron la prueba tipo test las personas aspirantes que obtuvieron la calificación de apto. A estos efectos, en los criterios de superación de la prueba aprobados por la Comisión en el Acuerdo de 17 de septiembre de 2021, en cumplimiento de la potestad de determinación del criterio de superación del ejercicio y publicados en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, se estableció que tendrían la calificación de apto las personas aspirantes que alcanzasen veinticuatro (24) respuestas correctas, teniendo en cuenta que las respuestas incorrectas no descuentan y que las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.
Segundo. Hecha la corrección en sesión de 2 de noviembre de 2021, se publican las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas a la prueba tipo test del proceso de funcionarización que se cita en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, a las que se podrá acceder a través de la siguiente dirección: https://www.xunta.gal/funcion-publica/funcionarizacion
Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.3.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas en relación con las calificaciones en el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.9 de la resolución de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2021
Rubén Plaza Martínez
Presidente de la Comisión