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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Miércoles, 17 de noviembre de 2021 Pág. 56543

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2021 por la que se modifica la Orden de 23 de agosto de 1989 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Pouso I.

Visto el expediente instruido a efectos de la transmisión de la concesión administrativa y de la batea Pouso I, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. El 28 de febrero de 1986, se emitió autorización previa de transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Pouso I a favor de Rafael Pouso Davila, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 15/1995, de 23 de octubre (DOG nº 236).

Segundo. El 12 de mayo de 1986, se otorga escritura pública de compra venta en la que figura como único comprador el solicitante, publicándose la orden de cambio de dominio en el DOG nº 186, de 27 de septiembre de 1989.

Tercero. El 23 de julio de 2021, presenta solicitud de transmisión inter vivos a favor de María de los Ángeles Rodríguez Frutos.

Cuarto. El interesado manifiesta, con posterioridad, que no puede llevar a cabo la transmisión inter vivos a favor de María de los Ángeles Rodríguez Frutos ya que es titular con carácter ganancial de la batea y de la concesión administrativa que pretendía transmitir.

Quinto. Una vez hechas las comprobaciones oportunas en los archivos de la Consellería y a la vista de la copia del libro de familia aportado, se verifica que Rafael Pouso Davila y María de los Ángeles Rodríguez Frutos contrajeron matrimonio entre la fecha de la autorización previa del 26 de febrero de 1986 y la compra venta del bien hecha el 12 de mayo de 1986.

Sexto. El 28 de septiembre de 2021, el interesado aporta acta notarial de manifestaciones en la que se indica que contrajeron matrimonio el 5 de abril de 1986 y que el 12 de mayo de 1986 Rafael Pouso Davila adquirió el vivero de cultivo de mejillón Pouso I, haciendo constar por error que estaba soltero y teniendo en este caso el bien carácter ganancial.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente conforme a la Ley 11/2008, de 3 de diciembre de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243 de 15 de diciembre), y a la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Por todo lo anterior resuelvo:

Modificar la Orden de 23 de agosto de 1989 (DOG nº 186, de 27 de septiembre), quedando la titularidad de la siguiente forma:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Pouso I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 38.

Polígono: B.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 8.11.1974.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Rafael Pouso Davila (***3088**).

Nuevos titulares: Rafael Pouso Davila (***3088**) y María de los Ángeles Rodríguez Frutos (***5026**).

Los nuevos titulares de la concesión quedan subrogados en los derechos y obligaciones del anterior.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 25 de octubre de 2021

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
María José Cancelo Baquero
Jefa territorial de A Coruña