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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Jueves, 18 de noviembre de 2021 Pág. 56626

III. Otras disposiciones

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2021 por la que se publica la oferta complementaria de empleo público del personal de administración y servicios para el año 2021.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela (Decreto 14/2014, de 30 de enero; DOG núm. 29, de 12 de febrero de 2014; BOE núm. 50, de 27 de febrero de 2014), la Universidad aprobará anualmente su oferta de empleo público.

La Universidad de Santiago de Compostela publicó la oferta de empleo público del personal de administración y servicios para el año 2021 por Resolución de 17 de agosto de 2021 (DOG de 25 de agosto), una vez negociada con las organizaciones sindicales, aprobada por el Consejo de Gobierno y con la preceptiva autorización de la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consellería de Hacienda.

El Real decreto ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, autorizó una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluye las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, estuvieron ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020.

Del mismo modo, la disposición adicional tercera establece que las vacantes ocupadas con personal interino se incluirán obligatoriamente en la oferta de empleo público del ejercicio en el que se nombrara a este personal y, de no ser posible, en la oferta del año siguiente.

La Universidad dispone de plazas dotadas presupuestariamente que se encuentran en las situaciones descritas en los dos párrafos anteriores.

De conformidad con todo lo expuesto, y después de la negociación y acuerdo con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa general de personal de administración y servicios, el día 8 de octubre; del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 29 de octubre de 2021, por el que se aprueba la oferta complementaria de estabilización; emitida la preceptiva autorización por la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consellería de Hacienda con fecha 9 de noviembre, el gerente de la Universidad de Santiago de Compostela, en virtud de lo previsto en el punto decimosexto D.6) de la Resolución de 30 de abril de 2020 sobre delegación de competencias en determinados órganos universitarios, publicada en el DOG núm. 90, de 11 de mayo,

RESUELVE:

Primero. Publicación de la oferta complementaria de empleo público

Publicar la oferta complementaria de empleo público del personal de administración y servicios de la USC para el año 2021, recogida en los anexos de esta resolución.

Segundo. Determinación de la oferta de empleo público

El anexo I recoge las plazas objeto de oferta adicional de estabilización.

El anexo II, las plazas que se ofertan para cubrir las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que están cubiertas por personal funcionario interino.

Estas plazas están distribuidas por cuerpos y escalas de personal funcionario y por categorías de personal laboral, según consta en la relación de puestos de trabajo aprobada por el Consejo de Gobierno para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

Los procesos selectivos que se convoquen para esta oferta de plazas establecerán el sistema de concurso-oposición y deberán garantizar, en todo caso, la aplicación de los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como respetar la libre concurrencia.

Tercero. Reserva de plazas para discapacidad

El artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, prevé la reserva de una cuota no inferior al siete por ciento de las vacantes ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad, así como la compatibilidad en el desempeño de sus funciones.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el apartado anterior, en las ofertas para acceso libre se reserva un porcentaje del 7 % para ser cubierto por personas que acrediten discapacidad. La reserva se realiza en aquellas escalas y categorías en las que las actividades o funciones a realizar son compatibles, en mayor medida, con la posible existencia de una discapacidad.

Los sistemas de selección que se convoquen para personas con discapacidad se desarrollarán de conformidad con lo establecido en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos selectivos o el período de prácticas, se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubieran presentado por la cuota de reserva superara los ejercicios y no obtuviera plaza en la citada cuota, siendo su puntuación superior a la obtenida por las otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Las plazas reservadas para las personas con discapacidad general que quedasen desiertas en los procesos selectivos se podrán acumular al turno general.

Cuarto. Acumulación de plazas correspondientes a ofertas de años anteriores

Podrán convocarse en un único proceso selectivo las plazas ofertadas de personal funcionario correspondientes a los cuerpos y escalas de personal funcionario y a las categorías de personal laboral relacionadas en los anexos de la presente oferta junto con las derivadas de las ofertas de empleo público correspondientes a los años 2018, 2019 y 2020 que estén pendientes de convocar.

Quinto. Publicidad de las convocatorias

Las convocatorias de las pruebas selectivas de acceso libre derivadas de esta oferta se publicarán en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado para garantizar la publicidad exigida en el artículo 75.2 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.

Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2021

Antonio Javier Ferreira Fernández
Gerente de la Universidad de Santiago de Compostela

ANEXO I

Oferta adicional de estabilización

Subgrupo/

grupo

Escala/categoría

Acceso libre

Total

Reserva personas con discapacidad

Libre

C1

Escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos

-

3

3

I

Técnico superior información

-

1

1

III

Técnico especialista de investigación, especialidad química

-

1

1

III

Técnico especialista escuela infantil

-

1

1

III

Técnico especialista medios audiovisuales

-

1

1

IV.1

Auxiliar técnico de servicios

1

9

10

IV.1

Especialista de oficios (jardinero/a)

-

2

2

Total

1

18

19

ANEXO II

Oferta general

Subgrupo/

grupo

Escala/categoría

Acceso libre

Total

Reserva personas con discapacidad

Libre

C1

Escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos

1

-

1

C2

Escala auxiliar

-

1

1

I

Técnico superior de lenguas modernas (lengua francesa)

-

1

1

II

Arquitecto/a técnico/a

-

1

1

III

Técnico/a especialista escuela infantil

-

1

1

III

Técnico/a de investigación, área biología-salud

-

1

1

III

Técnico/a de investigación, área electrónico-mecánica

-

1

1

IV.1

Auxiliar técnico/a de servicios

-

2

2

IV.1

Cocinero/a

-

1

1

Total

1

9

10