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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Viernes, 19 de noviembre de 2021 Pág. 56747

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 156/2021, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Oleiros de la franja de dominio público viario en el margen derecho de la AC-173, puntos kilométricos (pp.kk.) 6+680 al 6+930, excepto arcén y calzada.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

La Agencia Gallega de Infraestructura y el Ayuntamiento de Oleiros firmaron un convenio de colaboración para llevar a cabo la construcción de una senda peatonal en el margen derecho de la carretera autonómica AC-173, entre los pp.kk. 6+680 y 6+940 y entre los 0+000 y 0+040 de la AC-181. En este convenio, el ayuntamiento se comprometió a aceptar la titularidad, antes de la licitación de las obras, de todo el dominio público del tramo de la senda peatonal resultante de la ejecución de las obras en el margen derecho de la carretera AC-173, tramo urbanización Rialta-Pazo de Arillo-Lourido, sin afectar al arcén y a la calzada.

El cambio de titularidad propuesto en el convenio garantiza la continuidad de la red autonómica ya que no afecta a la calzada y arcenes. Además, este dominio público tiene una funcionalidad esencialmente municipal y su cesión favorecerá las tareas de la Administración local con respecto a las necesidades de los usuarios. Asimismo, el objecto del convenio pretende dar continuidad al itinerario peatonal y ciclista en el margen derecho de la AC-173. La senda existente en la actualidad es de titularidad autonómica, por lo que a fin de conseguir una gestión eficiente la totalidad del itinerario peatonal y ciclista debería ser de titularidad municipal.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con los informes emitidos por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de la franja de dominio público viario en el margen derecho de la C-173, pp.kk. 6+680 al 6+930, excepto arcén y calzada, deslindada por el Servicio Provincial de la AGI en A Coruña, con la única finalidad de destinarla a la construcción de una senda peatonal como elemento funcional del viario existente.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras e Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día cuatro de noviembre de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo 1

– Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Oleiros del dominio público viario del tramo de la Red Autonómica de Carreteras de Galicia, excepto calzada y arcén, que se relaciona a continuación:

Carretera

p.k.i

Coordenadas UTM (ETRS89)

p.k.f

Coordenadas UTM (ETRS89)

Margen

Longitud

AC-173

6+680

X=554.919

Y=4.800.963

6+930

X=554.796 Y=4.801.184

MD

250 m

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 3

Corresponden al Ayuntamiento de Oleiros, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de la zona de dominio público transferida, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquiera otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, cuatro de noviembre de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Mobilidad