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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Viernes, 10 de diciembre de 2021 Pág. 60054

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2021 por la que se amplía el plazo de justificación previsto en la Resolución de 4 de octubre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para inversiones en equipamientos post covid de los establecimientos hosteleros financiadas al 100 % en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19, y se anuncia su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento TU503E).

El 6 de octubre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 193 la Resolución de 4 de octubre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para inversiones en equipamientos post covid de los establecimientos hosteleros financiadas al 100 % en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19, y se anuncia su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento TU503E).

Dicha resolución tiene por objeto fijar las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones, para contribuir a la modernización y a la mejora de la competitividad de los establecimientos hosteleros mediante la realización de inversiones en equipamientos post covid.

El artículo 19 establece que el beneficiario tendrá de plazo hasta el 10 de diciembre de 2021 para presentar la documentación justificativa de la ejecución del proyecto.

Toda vez que la convocatoria de subvenciones no alcanzó la fase de resolución, debido a la gran cantidad de solicitudes presentadas así como a los retrasos originados en los plazos de entrega de los equipamientos por parte de las empresas suministradoras y dada la proximidad del vencimiento del plazo de justificación establecido en la resolución de convocatoria, se considera necesario ampliar el plazo de justificación, de tal manera que los beneficiarios de las ayudas podrán presentar la justificación de los gastos hasta 17 de diciembre de 2021, sin que con eso se cause perjuicios a terceros.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 20, de 29 de enero), establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con eso no se perjudiquen derechos de terceros.

Por otra parte, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), en el que se indica que la ampliación podrá acordarse de oficio o por instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ampliar el plazo de justificación de los proyectos presentados al amparo de la Resolución de 4 de octubre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para inversiones en equipamientos post covid de los establecimientos hosteleros financiadas al 100 % en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19, y se anuncia su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento TU503E) hasta el 17 de diciembre de 2021.

Santiago de Compostela, 7 de diciembre de 2021

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia