De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se publica la Resolución de 23 de julio de 2021, de baja del establecimiento indicado en el anexo, ya que, intentada la notificación, no se pudo efectuar por los medios habituales.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Agencia Turismo de Galicia, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Pontevedra, 3 de diciembre de 2021
Felipe Ferrero González
Jefe del Área Provincial de Turismo de Pontevedra
ANEXO
Establecimiento: AC Traveling.
Signatura: XG-PO-000376.
Don/Doña:
Razón social: Airmareterre, S.L.
Domicilio: avenida Atlántida, 124 bajo.
Municipio: Vigo.