Mediante la Resolución de 25 de junio de 2021 que fue publicada en el DOG número 128, de 7 de julio, se establecieron las bases reguladoras y se anunció la convocatoria de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica.
El artículo 3.1 de las bases reguladoras prevé la posibilidad de redistribuir el presupuesto si en alguno de los epígrafes no se registraron solicitudes suficientes para agotar los fondos disponibles y en otro de los epígrafes existe listado de espera. El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 1 de diciembre y no se registraron solicitudes suficientes para agotar los fondos disponibles en el epígrafe correspondiente a empresas y, sin embargo, no se dispone de disponibilidad presupuestaria suficiente en el epígrafe correspondiente a Administración local.
El artículo 31 del Decreto 11/2009 establece que cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.
Por todo lo anterior, y dado que en las aplicaciones presupuestarias correspondientes existe crédito disponible y con la finalidad de incrementar la eficacia administrativa y la eficiencia en la asignación de recurso públicos, maximizando el impulso de proyectos de energía fotovoltaica,
RESUELVO:
Primero. Redistribuir los fondos destinados a las subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica para las anualidades 2021-2022, en función del volumen de solicitudes recibido, y modificar la tabla del artículo 3.1 de la Resolución de 25 de junio de 2021 de la siguiente manera:
– Modificación presupuestaria:
Beneficiarios ayudas |
Fondos iniciales |
Modificación |
Fondos finales |
Empresas |
4.175.000,00 € |
-370.000,00 |
3.805.000,00 € |
Administración local |
200.000,00 € |
370.000,00 € |
570.000,00 € |
Entidades sin animo de lucro |
125.000,00 € |
0,00 € |
125.000,00 € |
Total |
4.500.000,00 € |
0,00 € |
4.500.000,00 € |
– Dotación presupuestaria final:
Beneficiarios ayudas |
Anualidad 2021 |
Anualidad 2022 |
Aplicación presupuestaria |
Empresas |
2.930.000 |
875.000 |
06.A3.733A770.7 |
Administración local |
470.000 |
100.000 |
06.A3.733A.760.8 |
Entidades sin ánimo de lucro |
100.000 |
25.000 |
06.A3.733A.781.7 |
Total |
3.500.000 |
1.000.000 |
4.500.000 € |
Segundo. La presente modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará la modificación del plazo establecido para presentar solicitudes.
Santiago de Compostela, 22 de decembro de 2021
Paula María Uría Traba
Directora de la Agencia Instituto Energético de Galicia